La integración de paradores seguros a la infraestructura a cargo de los gobiernos federal, estatal y municipal es uno de los puntos clave de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para el autotransporte de carga. 

La naciente Ley incluye distintos aspectos favorables para el autotransporte de carga, los cuales fueron abordados por Patricia Vizcaya Ángeles, directora jurídica y de normatividad de la Asociación Nacional de Transporte Privado (ANTP) durante el diálogo “Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. Rutas y retos para su implementación”. 

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La especialista de ANTP destacó que dentro del artículo 39 se incluya que la federación, estados y municipios deben procurar que todos sus proyectos de infraestructura vial a implementar incluyan paradores seguros.  

“Tenemos una norma muerta, que no se puede aplicar porque no hay paraderos seguros”, expuso durante la actividad organizada por la Universidad Anáhuac y la Alianza Nacional por la Seguridad Vial (Anasevi). 

En el artículo 71 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, se establece la obligación de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SIT) de vigilar el cumplimento de la regulación de los periodos de trabajo y descanso de los operadores del transporte público y privado de carga y de pasajeros, en el ámbito de su competencia. 

La legislación próxima a ser publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para su entrada en vigor también se define a la “persona permisionaria” como persona física o moral autorizada por la SICT que para el cumplimiento de sus funciones en el transporte público o privado de carga, pasaje o turismo transita en vialidades de jurisdicción federal estatal o municipal”.

En el artículo 4 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial se incluye entre los principios la Eficiencia, que consiste en maximizar los desplazamientos ágiles y asequibles de personas, así como de bienes y mercancías. 

Otro punto clave que logró reformarse en el artículo 52 de la Ley es que  las licencias que expidan las autoridades competentes podrán ser impresas en material plástico o de forma digital mediante aplicaciones tecnológicas. Lo cual es considerado un paso importante hacia la digitalización. 

Vizcaya Ángeles también abordó aquellos puntos surgidos para evitar cobros adicionales y  la sobrerregulación del autotransporte federal de carga por estados y municipios, incluidos en los artículos 31, 44 y 48 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. 

La representante de ANTP informó que uno de los principales retos es terminar con la sobrerregulación, pues en 19 estados del país se solicitan permisos con un costo de entre 1,600 y 2 millones 192,398 pesos anuales por flota. 

Adicionalmente, en 310 municipios se solicita a las empresas transportistas permisos para operar que van de los mil pesos a un millón 15 mil pesos por flota. 

En ese contexto y ante la necesidad de difundir información estadística de siniestralidad en carreteras y de sensibilizar, educar e informar a la población en materia de movilidad y seguridad vial, ANTP tiene una agenda para impulsar la homologación de la Ley. 

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Por ello, su equipo planea reuniones con los integrantes de la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago), la Conferencia Permanente de Congresos Locales (Copecol) y la Asociación Mexicana de Autoridades de Movilidad la (AMAM). 

La especialista añadió que la legislación debe publicarse, a más tardar, el próximo 26 de mayo para su entrada en vigor (27 de mayo) y para que el Congreso de la Unión y las entidades federativas reformen las leyes de movilidad o de tránsito en los próximos 180 días. 

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