El transporte de gas Licuado de Petróleo (LP) en México enfrenta una nueva etapa de profesionalización para los operadores, como cursos especializados, certificaciones y actualizaciones técnicas que buscan reforzar la seguridad en el traslado y manejo de este hidrocarburo, de acuerdo con los lineamientos publicados por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA).
El anuncio de la autoridad, publicado en el portal de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), refiere que antes solo se obligaba a las empresas a contar con programas internos de capacitación, sin pedirles alguna especificación; en cambio ahora se debe acreditar la formación teórico-práctica de los conductores a través de un estándar de competencia avalado por el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER), entidad sectorizada de la SEP.
Elevan profesionalización
Las empresas que transporten y distribuyan gas LP deben contar con el programa anual de capacitación teórico-práctico para los operadores, con los porcentajes de avance programado y ejecutado.
Esta capacitación debe ser impartida por agentes externos a la empresa autorizados y registrados ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), quienes emitirán una constancia oficial de competencias o habilidades laborales como la que se muestra a continuación:

La capacitación práctica debe realizarse mediante simuladores o en auto-tanques y tractocamión-semirremolques en espacios seguros que permitan hacer las maniobras.
Requisitos para los operadores
Con este programa de capacitación, las empresas deben integrar y mantener actualizado un expediente individual de los operadores, ya que quienes no hayan completado estas evaluaciones no podrán conducir una unidad de transporte de gas LP.
El expediente de los conductores debe contener lo siguiente:
- Copia de la licencia federal tipo «E» vigente de autotransporte federal y transporte privado de materiales y residuos peligrosos.
- Constancias teórico-prácticas que indiquen el nombre de los operadores, las fechas de la capacitación, el nombre del instructor, los temas que se impartieron y los resultados de las evaluaciones, o bien, el certificado vigente en el estándar de competencia aplicable emitido por el CONOCER.
- Los operadores que no cuenten con las constancias de la capacitación teórico-práctica o el certificado vigente de CONOCER, no están autorizados para transportar gas LP.
Disposiciones para circular
La norma NOM-EM-006-ASEA-2025 establece que todas las unidades que transporten gas LP deben llevar a bordo los siguientes documentos:
- Licencia federal tipo «E” vigente.
- Copia del permiso y autorización de inicio de operaciones de la unidad vigente expedido por la autoridad.
- Tarjeta de circulación vigente.
- El listado de revisión visual diaria de la unidad de transporte que realizó antes de la salida de la instalación de carga para su traslado.
- Hoja de Emergencia para el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos específica para gas LP.
- Hoja de datos de seguridad del gas LP.
- Copia de la póliza del seguro vigente con las coberturas establecidas en la regulación aplicable.
- Copia del dictamen vigente de la NOM-EM-006-ASEA-2025 o la NOM-007-SESH-2010, según aplique.
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Esta capacitación y certificación de operadores incluidas en las nuevas normas forman parte de la política del Gobierno federal para regular el transporte de combustibles en México.
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