La Secretaría de Movilidad (Semovi) de la Ciudad de México publicó las características técnicas que deben cumplir los autobuses de pasajeros para sus sustitución obligatoria mediante los programas del financiamiento del Fideicomiso para el Fondo de la Promoción para el Financiamiento del Transporte Público (FIFINTRA).

Por medio de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, Semovi indicó que las unidades deben cumplir, a partir del siguiente año,  con tecnología Euro V o EPA 10 y niveles de emisiones dentro de lo establecido por la NOM-044-Semarnat-2017.

Como otro criterio obligatorio, el nivel de ruido emitido por las unidades deberá ser menor a los 80 Db.

El documento señala que los asientos de pasajeros deben ser con dimensiones ergonómicas, de plástico sólido, con materiales retardantes al fuego. Mientras que el asiento del operador debe contar con cabecera ajustable y apoyo lumbar, además, debe ser neumático o hidráulico.

 La iluminación deberá ser blanca a base de LED, colocada a lo largo de la unidad. Y el letrero de ruta será electrónico iluminado con LED.

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En el caso de los pasamanos deben estar elaborados con material inoxidable. Su fijación debe realizarse directamente en la estructura del autobús y garantizar estabilidad.

Asimismo, las unidades debe contar con un sistema de posicionamiento global GPS y cuatro cámaras de vigilancia de circuito cerrado. Tres en el interior del autobús y una en el exterior.

Las franjas reflejantes delanteras deben ser color ámbar o blanco y deben ir a una altura de 450 a 1,500 mm. Las franjas posteriores y en los costados deberán ser color rojo , una a cada extremo de la parte posterior a una altura de 600 a 1,500 mm.

En cuestión de frenos, el sistema principal deberá contar con frenos ABS de operación neumática y debe estar diseñado de acuerdo con las condiciones de operación a las que se destinan, tomando en cuenta el peso bruto de la unidad.

El sistema auxiliar de las unidades deberá funcionar por medio de retardador que permita detener la marcha del autobús hasta unos 5 km/hr.

Todas las características mencionadas son de carácter obligatorio a partir del año 2021 para las unidades que se presenten para el trámite de sustitución mediante los programas correspondientes.

Para mayor información, los interesados podrán acceder al documento publicado en la Gaceta Oficial.