La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informó que los permisionarios cuyo domicilio se ubique en alguna de las entidades en las que se mantiene vigente el semáforo de riesgo epidemiológico en color rojo, y que cuentan con autorizaciones especiales provisionales próximas a concluir su vigencia, podrán solicitar la renovación de este documento.

Esta medida se anuncia debido a que los efectos de la pandemia por COVID-19 no han cesado. 

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La Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), oficina de la SCT que atiende al transporte federal de carga y pasajeros, explicó que para solicitar la renovación es necesario que los permisionarios, a través de su representante o apoderado legal, envíen su documentación escaneada al correo electrónico elizabeth.barba@sct.gob.mx, con copia a la dirección dgaf.tramites@sct.gob.mx en un horario de 9:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes.

Los permisionarios de autotransporte de carga y pasajeros deberán señalar el correo electrónico que se autoriza para recibir notificaciones, así como el número de folio de la autorización cuyo plazo se vence.

Además, la póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por un monto equivalente a 19,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) y comprobante de pago (Factura CFD o CFDI) emitido por la compañía de seguros o fondo de garantía vigente, aprobado por la SCT. 

En caso de unidades de pasaje, deberá integrar adicionalmente la póliza del seguro de viajero así como el correspondiente comprobante de pago (Factura CFD o CFDI) o fondo de garantía vigente, también avalado por la dependencia.

Finalmente, se requiere identificación oficial (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional vigentes) del permisionario o del representante o apoderado legal registrado ante la SCT.

La autoridad federal reiteró que, una vez concluida la contingencia sanitaria, los permisionarios deberán realizar el alta vehicular e inclusión a su permiso mediante el procedimiento normal respectivo, quedando sin efectos la Autorización Provisional Especial. 

Cabe recordar que, en abril, la DGAF puso en marcha la expedición de las autorizaciones provisionales especiales de circulación como una manera de mantener vigente un esquema similar al de las altas vehiculares, y como una alternativa para no frenar la operación del autotransporte federal durante la crisis sanitaria por el SARS-CoV-2. 

El esquema de recepción de los documentos y la emisión de las autorizaciones se definió para que se desarrollara únicamente de forma digital. De abril a junio, la DGAF había entregado más de 1,200 autorizaciones.

Con este documento podrán circular las unidades nuevas de personas físicas y morales que sean permisionarios autorizados por la SCT, en los servicios de autotransporte federal, transporte privado, así como el servicio auxiliar de mensajería y paquetería.

De igual forma, esta autorización podrán obtenerla los permisionarios de los servicios referidos que durante este periodo enajenen vehículos a otros autorizados por la SCT, siempre que dichas unidades ya se encuentren dadas de alta dentro del Sistema Integral de Autotransporte Federal.

Este instrumento no aplica para unidades seminuevas que fueron importadas, cuyo pedimento deba ser corroborado con el Sistema de Administración Tributaria.

La autoridad federal reiteró que una vez concluida la contingencia sanitaria los permisionarios deberán realizar el alta vehicular e inclusión a su permiso mediante el procedimiento normal respectivo, y quedará sin efectos la autorización provisional especial. 

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