El Gobierno de la Ciudad de México anunció 13 medidas para regular el transporte de sustancias peligrosas en las vialidades de la capital, con el propósito de prevenir riesgos y garantizar una movilidad segura.

En conferencia de prensa, la Jefa de Gobierno, Clara Brugada, explicó que las medidas se enfocan en cinco ámbitos: límites de velocidad; rutas y carriles; horarios de tránsito; permisos y controles, así como multas y sanciones.

Asimismo, comentó que las siguientes disposiciones se alinearán a las acciones que presentará próximamente el Gobierno Federal.

  • Reducir a 30 km/h el límite de velocidad de vehículos que transportan sustancias peligrosas.
      • En la Ciudad de México, no podrían circular vehículos con más de 40 mil litros de carga de materiales peligrosos.
      • Se prohíbe la circulación de unidades que transporten más de 10 mil litros de este tipo de sustancias por vías secundarias.
      • Vehículos con capacidad menor a 10 mil litros podrán circular en todas las vías de 10 a 18 hrs; de 10 mil a 20 mil litros, sólo en vías primarias de 10 a 18 hrs; mayores de 20 mil litros y hasta 40 mil, sólo en vías primarias de 22:00 a 5:00 hrs.
      • Se prohíbe la circulación de vehículos que transporten sustancias peligrosas por vías de acceso controlado.
      • Se duplicarán las multas por infringir las nuevas disposiciones relacionadas con el transporte de materiales peligrosos.
      • Uso de radares móviles en los cinco accesos carreteros a la CDMX: México-Pachuca, México-Querétaro, México-Toluca, México-Cuernavaca y México-Puebla, para controlar y sancionar excesos de velocidad de este tipo de transporte.
      • Será requisito para la obtención de la licencia de conducir tipo E12 la constancia del curso de manejo de sustancias peligrosas y la constancia de capacitaciones que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) autoriza para las licencias federales.
      • Se propone al Gobierno federal que solicite un dictamen de una unidad verificadora autorizada por la Secretaría de Energía de la NOM-007-SESH-2010, para el permiso de traslados de sustancias peligrosas.
      • En materia de control vehicular y de cumplimiento de requerimientos técnicos los vehículos de traslado de sustancias tóxicas o peligrosas deberán presentar un dictamen emitido por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA).
      • Se publicarán términos de referencia específicos para la elaboración de programas internos de Protección Civil para la distribución de gas natural, gas licuado de petróleo e hidrocarburos.
      • Se implementarán puntos de revisión aleatorios para verificar y garantizar que todos los vehículos que transportan materiales peligrosos y circulan por la CDMX cumplan con la normatividad y disposiciones vigentes.
      • Se propone un convenio de colaboración con la Secretaría de Energía y la ASEA para llevar a cabo operativos conjuntos y revisar el cumplimiento de las normativas y, en dado caso, revocar permisos cuando se presenten incidencias.

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      Al respecto, Pablo Vázquez Camacho, titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, explicó que se establecerá el diálogo con empresas del sector para informar las nuevas medidas y señalética.

      Asimismo, detalló que, para la verificación del cumplimiento, será trabajo de la Subsecretaría de Control de Tránsito indicar al operador de la unidad en cuestión que se orille o le siga hasta una zona de bajo riesgo para realizar la inspección correspondiente, a fin de evitar bajas de velocidad abruptas que puedan ocasionar algún incidente.

      Finalmente, comentó que todos los operativos se llevarán a cabo con supervisión de instituciones ajenas al mismo operativo para garantizar su legalidad.

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