En el traslado de materiales peligrosos es necesario tener un alto grado de conocimiento sobre su regulación y el acondicionamiento para su exportación e importación, toda vez que el desconocimiento de la reglamentación  puede provocar sanciones en el ámbito civil y penal.

La NOM-002 de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ( SCT) señala el listado para identificar adecuadamente a los materiales peligrosos, con un número de identificación particular o genérico, además de los criterios de asignación de embalajes.

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En este contexto, Silvia Belmares, directora general de ILC, Formación Integral, explicó que para el traslado de materiales peligrosos, se deben tomar en cuenta seis pasos, de acuerdo con el Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales Peligrosos.

Clasificación

Explosivos, gases comprimidos, refrigerados, licuados o disueltos a presión, líquidos inflamables, sólidos inflamables, oxidantes y peróxidos orgánicos, tóxicos agudos y agentes infecciosos, radiactivos, corrosivos, y mezclas peligrosas son las nueve clases de materiales peligrosos que existen. De acuerdo con el artículo séptimo del Reglamento,  habrá una sanción  250 a 255 días de salario mínimo, en caso de incumplir con este punto.

Identificación

En la NOM-002 de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) se encuentra una lista de sustancias peligrosas que define la cantidad que se debe llevar, así como las instrucciones de embalaje y número asignado por la Organización de Naciones Unidas (ONU). De incumplir con este paso, la multa será de 250 a 255 días de salario mínimo.

Embalaje

Para un envío de mercancías peligrosas se debe utilizar un empaque autorizado.

Para cantidad limitada (hasta 30 kilos) y cantidad exceptuada (hasta 1 kilo) no se necesitan embalajes certificados, se necesita solo un embalaje resistente y de buena calidad. Asimismo, para bultos certificados, se necesitarán embalajes certificados.

De acuerdo con el artículo 19, de no realizar el embalaje, habrá una sanción de 250 a 255 días de salario mínimo.

Marcado y etiquetado

Todos los bultos deben llevar marcas leyendas escritas , etiquetas e imágenes; con la finalidad de identificar el producto y llevar correcta manipulación y transportación.

Existen dos tipos de marcas, de especificación, que debe contar con la certificación de embalaje. Y las de identificación, donde debe ir el nombre apropiado de expedición, el número UN cantidad neta o peso bruto y los datos del remitente consignatario.

Su etiquetado dependerá del tipo de peligro de la clase. Con base en los artículos 31 y 32, de no cumplir con este paso, se procederá a una sanción de 100 a 105 días de salario mínimo.

Documentación

Cada envío de mercancías peligrosas debe incluir un certificado o declaración firmada, que haga constar que la carga ha sido clasificada, identificada, embalada, marcada y etiquetada, de acuerdo con las regulaciones de mercancías peligrosas.

De no contar con documentación de embarque, y de acuerdo al artículo 52 serán acreedores a 100 a 105 días de salario mínimo.

Manipulación

Se debe determinar la forma adecuada de almacenar, transportar, estibar y manejar los bultos, y verificar su compatibilidad con otras mercancías para no reaccionar entre sí.

Finalmente, la especialista señaló que es necesario que todas las mercancías peligrosas estén acondicionadas y listas para su traslado, lo que generará mayor seguridad vial.