Recientemente hemos escuchado que los operadores de vehículos comerciales deberán saber inglés para poder circular en Estados Unidos. Aunque este requisito ha existido por décadas, en 2016 fue temporalmente “suavizado” y su incumplimiento no ponía fuera de servicio al conductor de inmediato. 

Esto cambió drásticamente tras la orden ejecutiva EO 14286, que reactivó la aplicación plena de la normativa como condición para la operación y habla sobre reforzar la seguridad en revisión de las licencias, haciendo referencia especial a las expedidas fuera de Estados Unidos. Esto implica que se restableció el cumplimiento estricto de esta normativa que aplica a todo operador de autotransporte, sin importar su nacionalidad o idioma nativo. 

¿Cómo es la evaluación al operador en Estados Unidos?

De acuerdo con lo publicado por la CVSA y FMCSA, durante una inspección, el oficial evaluará al conductor en dos fases: 1) Entrevista verbal en inglés y 2) Reconocimiento de señales de tránsito oficiales. Si el operador no pasa alguna de estas pruebas, y no cuenta con una exención oficial (discapacidad auditiva con permiso especial), puede ser declarado fuera de servicio (OOS, por sus siglas en ingles) y quedar detenido el vehículo en el punto de revisión. 

Aunque no existe un examen estandarizado federal, la FMCSA recomienda al menos cinco preguntas que deberán hacerse y responderse en inglés y sin ningún apoyo visual o técnico: 1) El origen y el destino de un viaje reciente o planificado, 2) El tiempo dedicado al servicio, incluyendo el tiempo de conducción y bitácora, 3) La información de la licencia de conducir, 4) La información contenida en los documentos de envío de la carga transportada o a transportar y 5) El equipo del vehículo sujeto a inspección. En caso de no poder responder dos o más preguntas, se suspende la evaluación y se declara OOS; si responde correctamente, continúa con la segunda fase.

La evaluación del reconocimiento de señales de tránsito en carreteras, serán también tomadas del Manual de Dispositivos Uniformes de Control de Tránsito para Calles y Carreteras (MUTCD) de la FMCSA, y de las señales de mensaje con pantalla dinámica. Dicho manual contiene al menos 500 señaléticas, las cuales serán mostradas por el oficial, y el conductor deberá poder explicar su significado en Estados Unidos. 

En esta etapa, el conductor sí puede explicar con apoyos de traducción o en otro idioma que no sea inglés, siempre y cuando el oficial lo entienda. En caso de no aprobar, se declara OOS; esto no significa que su licencia está suspendida. Respecto al vehículo, sí puede llegar otro operador que cumpla con los requisitos y continuar el trayecto.

Existe una excepción para la zona comercial en la franja fronteriza entre México y Estados Unidos, donde el conductor no es considerado OOS, pero se le notifica que incumplió la normativa y se registra en su expediente, con consecuencias en reincidencia, o al acumular varias notificaciones por diferentes temas.

¿Quién asume las consecuencias?

La consecuencia más severa e inmediata es para el conductor: sería retirado de la operación y posiblemente multado. La empresa transportista sufrirá demoras logísticas inmediatas, daños reputacionales y multas si reincide en el uso de conductores no calificados. 

Además, si el incumplimiento se documenta en una inspección, afecta el historial de seguridad (CSA Score) de la flota, lo que puede restringir contratos con empresas norteamericanas sujetas a auditorías CTPAT u OEA. Es probable que veamos en las siguientes semanas más claridad en el proceso de evaluación, especialmente cómo y en cuánto tiempo un operador podrá recuperar la condición para conducir.

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Recomendaciones para empresas y autoridades mexicanas

Evaluar y, en caso de no contar con el inglés suficiente, capacitar de inmediato a los operadores en inglés técnico, señales de tránsito y lenguaje funcional. Incluir el cumplimiento del 49 CFR § 391.11(b)(2) como requisito en el contrato laboral. Verificar periódicamente el cumplimiento mediante simulaciones de inspección. Permitir a los centros de capacitación mexicanos actuales, mayor flexibilidad respecto al tema del idioma, por ejemplo, estudiarlo a distancia. 

Ignorar esta nueva normativa representa riesgos reales tanto para operadores como para las empresas de transporte y la cadena logística. La preparación anticipada no sólo evita sanciones, sino que fortalece la reputación binacional de las empresas mexicanas en el exigente mercado logístico del comercio internacional.

Miguel Elizalde
Experto en Movilidad Sostenible
Redes @MELIZALDEL
me@mobilitysustainable.com

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