El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que otorgará una prórroga al 31 de diciembre de este año para el cumplimento de distintas obligaciones fiscales de los contribuyentes. 

Se trata de cinco trámites que involucran la cancelación de facturas electrónicas, el uso del CFDI 3.3 y una prórroga para quienes no han habilitado su Buzón Tributario. 

A continuación la lista de trámites difundida por el SAT:

  • Cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022.
  • El uso de la factura electrónica 3.3 ya que la obligatoriedad de la versión 4.0 será a partir del 1 de enero de 2023.
  • Los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza del SAT podrán expedir sus facturas electrónicas con Factura fácil y Mi nómina a través de Mis cuentas sin la necesidad de contar con el certificado de la firma electrónica (e.firma) o de un Certificado de Sello Digital hasta la fecha señalada.
  • Las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza deberán contar con su firma electrónica (e.firma) activa a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
  • Se extiende la prórroga para aquellos contribuyentes que no hayan habilitado su Buzón Tributario o registrado o actualizado sus medios de contacto, a efecto de que durante dicho periodo no les sea aplicable una multa. 

El SAT añadió que al otorgar una prórroga pretende que los contribuyentes tengan un mayor periodo de adaptación para recibir, emitir o cancelar facturas, en los casos específicos de  la versión 4.0 de los CFDI y la cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022. 

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Con estas acciones se busca que los procesos sean cada vez más simples para cumplir con el abc institucional: aumentar la recaudación, bajar la evasión y elusión fiscal y combatir la corrupción, agregó el SAT. 

Entre los temas pendientes del SAT está el desarrollo de una app dirigida a los micro y pequeños transportistas, con la finalidad de facilitarles la expedición del complemento Carta Porte, requisito que es obligatorio a partir del 1 de enero de este año.

Organizaciones de transportistas han expuesto que están a la espera de que la autoridad fiscal les cite para revisar y, en su caso, añadí algunas reglas del complemento Carta Porte que ahora mismo no atienden necesidades de operaciones internacionales y dedicados, por citar algunos.

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