La LXIV Legislatura aprobó reformas para prohibir el uso de celulares al conducir en carreteras, castigar el uso de equipos que bloqueen señales de radiocomunicación y para otorgar descuentos a personas con discapacidad usuarias del autotransporte.

 

El documento señala que queda prohibida la fabricación, comercialización, adquisición, instalación, portación y operación de equipos que bloqueen, cancelen o anulen las señales de la telefonía celular, excepto cuando sea por parte de las autoridades. Asimismo, se impondrán penas de 12 a 15 años de prisión a quienes comentan dichos actos.

 

La iniciativa que reforma y adiciona el artículo 36 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte, señala que los operadores que transitan en caminos y puentes, deben abstenerse de hablar por teléfono celular, salvo que se realice con tecnología de manos libres.

 

Finalmente, el decreto que reforma el artículo 19 de dicha ley, contempla que la Secretaria de Comunicaciones y Transportes (SCT) podrá establecer, en coordinación con los permisionarios del autotransporte federal de pasajeros, descuentos hasta de 50% para las personas con discapacidad en las tarifas aplicables y con número determinado de lugares disponibles, respecto del total de la capacidad de la unidad vehicular.

 

El pasado 12 de diciembre el Senado aprobó la adición de un artículo 190 Bis a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para prohibir la fabricación y el uso de jammers.