La Comisión Nacional de Energía (CNE) publicó un acuerdo para simplificar la actualización de los datos del parque vehicular en materia de petrolíferos, gas Licuado de Petróleo (LP) y petroquímicos, uno de los trámites más comunes para las empresas que transportan hidrocarburos.
El acuerdo, propuesto por el organismo regulador ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), plantea un esquema de avisos para actualizar el registro del parque vehicular, sin ampliar ni modificar el permiso vigente.
Este esquema simplificado está dirigido a las empresas con permisos vigentes para transportar hidrocarburos y aplica únicamente para actualizar datos del parque vehicular, no para incorporar vehículos nuevos al permiso.
Requisitos para la simplificación
El acuerdo establece que las empresas que transportan combustibles pueden acogerse a la simplificación si requieren actualizar el registro de su parque vehicular por alguno de los siguientes motivos:
- Cambio del número de placa o matrícula de una o más unidades vehiculares registradas en el parque vehicular.
- Baja de una o más unidades vehiculares del registro del parque vehicular.
Para el cambio de número de placa o de matrícula, las empresas transportistas deben presentar un aviso por cada unidad, mediante los formatos establecidos en la reglamentación.
Los cambios únicamente de número de placa o de matrícula no requieren la presentación de una solicitud de actualización del permiso del parque vehicular.
Para el aviso de cambio de número de placa o de matrícula de una o más unidades, se deben presentar los siguientes documentos:
- Número de serie del vehículo o Número de Identificación Vehicular (NIV).
- Número de placa o matrícula y fecha de cambio de la placa o matrícula por parte de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
- Tarjeta de circulación vigente.
- Documento íntegro de la póliza de seguro vigente que contenga:
- Institución de seguros emisora de la póliza.
- Número de póliza de seguro.
- Fecha de inicio de la vigencia.
- Fecha de término de la vigencia.
- Cobertura por responsabilidad civil.
- Cobertura de responsabilidad por daño ambiental.
- Límite de responsabilidad civil (suma asegurada).
- Límite de responsabilidad por daño ambiental (suma asegurada).
- Dictamen de cumplimiento vigente de las Normas Oficiales Mexicanas aplicables.
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Para la baja de una o más unidades vehiculares del registro del parque vehicular, las empresas deben presentar el aviso respectivo mediante el formato establecido en la reglamentación.
Los documentos que deben presentar son los siguientes:
- Datos del permiso que contenga:
- Número del permiso.
- Actividad regulada.
- Registro Federal de Contribuyentes.
- Datos del parque vehicular:
- Tipo de vehículo.
- ID asignado por la CNE.
- Número de serie del vehículo o Número de Identificación Vehicular (NIV).
Ambos avisos —cambio de número de placa o de matrícula y baja de una o más unidades vehiculares del registro del parque vehicular— deben realizarse a través de la Oficialía de Partes Electrónicas de la CNE.
El acuerdo presentado por la CNE se encuentra en revisión en la Conamer y aún falta que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para que entre en vigor.
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