La obligatoriedad de transmitir la Manifestación de Valor Electrónica a través de la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior (VUTCEM), que debía entrar en vigor este 1 de agosto, fue aplazada al 1 de octubre de 2026.

En la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y sus Anexos 1 y 2, Tercera Versión Anticipada, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) difundió este viernes una nueva prórroga para la entrada en vigor de este requisito.

La resolución establece:

Para los efectos del artículo 59, fracción III de la Ley y de la regla 1.5.1., hasta el 30 de septiembre de 2026, quienes introduzcan mercancías a territorio nacional podrán cumplir con las referidas disposiciones, en términos de lo establecido en el Transitorio Quinto, segundo párrafo de las RGCE para 2025, publicadas en el DOF el 30 de diciembre de 2024″.

Con esta modificación, el SAT otorgó un nuevo periodo de adaptación antes de hacer obligatoria la presentación electrónica del documento para las importaciones.

Anteriormente, la Manifestación de Valor Electrónica sería obligatoria a partir del 1 de junio de este año. Sin embargo, apenas un día después de su entrada en vigor, el SAT y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) emitieron un comunicado conjunto para posponer la obligación al 1 de agosto. Ahora, el plazo vuelve a extenderse, esta vez hasta el 1 de octubre.

La resolución también señala que no será necesario transmitir la documentación a la que se refiere el artículo 81, fracciones II, III y IV, del Reglamento, siempre que dicha información se envíe en términos del artículo 36-A de la Ley Aduanera.

Asimismo, quienes introduzcan mercancías a territorio nacional podrán optar por transmitir el formato E15 «Información de contratos asociados a la Manifestación de Valor», contenido en el Anexo 1, con los datos generales de los contratos y bajo protesta de decir verdad de que la información proporcionada es veraz y corresponde a las operaciones relacionadas con la transacción.

Cuando presentó esta herramienta, el SAT destacó que la Manifestación de Valor Electrónica, disponible desde el 1 de agosto de 2025, ofrece diversas ventajas para los importadores:

  • Mitigación de riesgos: Permite presentar electrónicamente la información del valor en aduana antes del despacho de las mercancías, lo que reduce errores en la determinación de contribuciones y evita posibles multas o sanciones.
  • Revisiones más ágiles: Facilita las revisiones de las autoridades aduaneras al enfocarse en rubros específicos de la información previamente transmitida, disminuyendo el tiempo de permanencia de las mercancías en la aduana.
  • Ahorro económico: Reduce costos operativos para las empresas.

La ANAM ha señalado que la Manifestación de Valor Electrónica busca fortalecer la trazabilidad de las operaciones de comercio exterior y modificar las prácticas en materia de declaración de valor para combatir el contrabando y la subvaluación de mercancías.

No obstante, en la práctica su implementación ha representado un desafío para empresas importadoras y agentes aduanales, debido al intercambio de información detallada que exige y a la capacidad de procesamiento requerida por los sistemas de la ANAM y del SAT para manejar grandes volúmenes de datos.

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