El acuerdo de movilidad en Tabasco fue actualizado ante la notificación del gobierno sobre su permanencia en semáforo naranja con alto riesgo epidemiológico, con el fin de establecer medidas extraordinarias para atender la emergencia sanitaria ocasionada por el virus del SARS-CoV-2.

Dicho acuerdo establece que todas las unidades de transporte público en el estado deberán prestar servicio público a una disposición del 50% de su capacidad todos los días de la semana, en horarios de lunes a domingo de 5:00 a las 22:00 horas. Exceptuando de esta disposición a los servicios de autotransporte federal.

Asimismo, señala como obligatorio el uso correcto del cubrebocas para todos los choferes y usuarios de transporte público.

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«Ninguna persona podrá abordar o permanecer al interior de las unidades de transporte público, cualquiera que sea su modalidad, sin el uso correcto del cubrebocas, siendo responsabilidad del conductor o chofer que los usuarios porten de manera correcta y adecuada el cubrebocas durante todo el trayecto«, indica.

Las unidades que presten servicio de transporte público, deberán contar con un contenedor de gel antibacterial al 70% de alcohol, con la cantidad necesaria para el número de pasajeros.

Respecto a las unidades de transporte de pasajeros individual (taxis), podrán prestar el servicio conforme al horario de y jurisdicción que señale la concesión o permiso respectivo, bajo las condiciones al 50%. A partir de las 23:00 y hasta las 5:00 horas.

El acuerdo advierte que toda unidad de transporte público autorizada por la Secretaría de Movilidad, que circule fuera de los horarios establecidos, comprendidos de 5:00 a 9:00 horas, 14:00 a 15:00 horas y 17:00 a 22:00 horas y al 50% de su capacidad será retenida y sancionada conforme a la legislación en materia (retiro de licencia y tarjeta de circulación de la unidad motriz, cancelación de concesión o permiso y remisión al corralón, además de sanciones administrativas).

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En tanto, las unidades de transporte individual suburbano o foráneo deberán estar adecuadas con un aditamento de material transparente, flexible y resistente, creando espacios individuales para ocupar máximo a dos y tres pasajeros según sea el caso.

Asimismo, las unidades tipo Urvan deberán contar con delimitación entre los usuarios y podrán prestar servicio a máximo 10 pasajeros y si es servicio foránea se prestará servicio con un máximo de 12 pasajeros.

Los motocarros o unidades de transporte público mixto, de igual forma deberán colocar una división de materia flexible y resistente entre el conductor y los pasajeros de la unidad, señala también que no podrá prestar el servicio a más de una persona a la vez, con un horario de operación de 5:00 a las 19:00 horas.

Para dar cumplimiento a las disposiciones, las subsecretarias de Movilidad y Transporte, así como a la Dirección General Técnica y Dirección Operativa realizarán estudios de aforos vehiculares, para vigilar que las unidades se apeguen a lo ordenado en el acuerdo.

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La citas para el pago de sanciones se generaran vía internet a través de la página citas.semovi.tabasco.gob.mx, para lo cual se atenderá en la fecha que genere el sistema, dicha ficha podrá ser hasta de dos meses después del levantamiento del acta, por lo que bajo la responsabilidad de los infractores estará la unidad retenida en ese lapso en el reten al que haya sido enviada.