La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó en el Diario Oficial de la Federación que dejará de operar en sus unidades administrativas debido a la cuarentena por COVID-19.

La SCT informó que desde el 19 marzo y hasta el 17 de abril serán considerados días inhábiles. 

Durante los días citados no se computarán los plazos y términos correspondientes en los procedimientos administrativos que se sustancien ante las unidades administrativas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes”, se lee en el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación.

La SCT, que encabeza Javier Jiménez Espriú, indicó que en estos días no se aplicarán los plazos y términos previstos para la autorización de enmienda y fondeo, así como del servicio de pilotaje y aquellas actividades inherentes a la operación de los buques en puerto que requieran de su inmediata atención en las Oficinas de Servicios a la Marina Mercante. 

Tampoco, los plazos y términos previstos por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, por lo que los trámites y procedimientos que guarden relación con dichas leyes quedarán exceptuados de la aplicación y observancia de este Acuerdo.

Como lo publicó TyT, en medicina preventiva en el transporte se suspende la práctica del examen psicofísico integral para los cuatro medios de transporte durante el plazo de dos meses, a partir del 21 de marzo.

Por lo anterior, la SCT prorroga los efectos jurídicos de las constancias de aptitud psicofísica en cuanto a su vigencia y validez por el mismo plazo referido.

El personal médico y paramédico utilizado en la práctica del Examen Psicofísico Integral servirá en las revisiones de puntos de entrada y salida competencia de la SCT para la valoración y remisión de los posibles casos sospechosos ante las autoridades sanitarias correspondientes.

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En autotransporte federal, se suspenden en la Dirección General de Autotransporte Federal y en los Centros SCT ubicados en las entidades federativas del país los trámites relativos a la expedición y renovación de licencia federal de conductor, así como los trámites de expedición de permisos de Autotransporte Federal, Transporte Privado y sus Servicios Auxiliares.

Por esta razón, la SCT también prorroga la vigencia de las licencias federales de autotransporte federal así como de las constancias de capacitación de conductores del autotransporte federal por un periodo de tres meses, válidos a partir de la entrada en vigor de este acuerdo.

En aeronáutica civil, los titulares de permisos, licencias o certificados de capacidad expedidos u otorgados podrán seguir ejerciendo sus atribuciones como personal técnico aeronáutico, aun cuando su respectiva constancia de aptitud psicofísica o Examen Psicofísico Integral se encuentre vencido, por lo que se extiende los efectos jurídicos de los mismos por un periodo de tres meses..

En marina mercante, los titulares de los Certificados de Competencia, Certificados de Competencia Especial y Refrendos de Títulos expedidos u otorgados podrán seguir ejerciendo sus funciones como Personal de la Marina Mercante Mexicana, aun cuando su respectiva constancia de aptitud psicofísica o Examen Psicofísico Integral se encuentre vencido. 

También se prorroga la vigencia de los Certificados de Competencia, Certificados de Competencia Especial y Refrendos de Títulos vigentes por un periodo de tres meses.

En materia ferroviaria, las licencias federales ferroviarias que se encuentren vencidas podrán seguir operando aun cuando su respectiva constancia de aptitud psicofísica o Examen Psicofísico Integral se encuentre vencido, pues será extendido los efectos jurídicos de éstas por un periodo de tres meses.

La SCT señala que el presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, lo que ocurrió el 20 de marzo, y solicitó hacer del conocimiento de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para los efectos de la competencia de la Guardia Nacional.

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