La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficia de la Federación (DOF) los requisitos de registro al Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas, en línea con los cambios que dicta la Ley Federal del Trabajo. 

El documento indica que las empresas interesadas deben acceder a la plataforma http://repse.stps.gob.mx para solicitar el registro, donde se proporcionará a la autoridad información sobre la persona física o moral. 

Leer: Autotransporte, por una carga libre de subcontratación

Así como su registro ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), su afiliación ante el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores; y el número total de empleados, por sexo. 

A través de la plataforma, la STPS pedirá especificar la actividad o actividades que se desean registrar, así como su actividad económica preponderante y los datos personales del representante legal de la empresa. 

Los solicitantes deberán demostrar que están al día en sus obligaciones fiscales y de seguridad social frente al Servicio de Administración Tributaria (SAT), al IMSS y al Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit).

Para el registro en el padrón, añadió la STPS, las personas físicas o morales ingresarán a la plataforma documentos legibles en el formato PDF o XML: 

  • Identificación oficial vigente (Credencial para votar, Pasaporte Vigente o Cédula Profesional) de la persona física o del representante legal de la empresa (PDF).
  • Poder Notarial (PDF).
  • Comprobante de nómina (XML).
  • Acta Constitutiva y el objeto social vigente (PDF).
  • Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (PDF).
  • Registro(s) Patronal(es) ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (PDF).
  • Comprobante de Domicilio (luz, predial, teléfono) (PDF).

Una vez ingresada la información completa, la plataforma de la STPS asignará a la empresa un folio para dar seguimiento a la solicitud de registro. 

La dependencia a cargo de Luisa María Alcalde deberá dar una respuesta a la empresa en un lapso de 20 días. De no hacerlo, los solicitantes podrán requerir a la STPS que emita el aviso de registro correspondiente, dentro de los tres días hábiles siguientes a la presentación del requerimiento. 

Transcurrido dicho plazo sin que se haya emitido el aviso de registro, se tendrá por efectuado el registro para los efectos legales a que haya lugar, añade la disposición. 

En el aviso de registro quedarán asentados el número de registro,un número de folio por cada servicio u obra de carácter especializado registrado, el nombre del servicio u obra especializada y el nombre de la persona física o moral titular del mismo.

Este registro en el padrón de la STPS tendrá una vigencia de tres años y será imprescindible para que la contratista pueda prestar sus servicios conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

La administración y operación del registro de contratistas estará a cargo de la STPS, a través de la Unidad de Trabajo Digno y de sus unidades administrativas.

La interpretación para efectos administrativos del Acuerdo corresponderá a la Secretaría del Trabajo; y para la verificación del cumplimiento de las reglas por parte de las empresas de servicios especializados u obras especializadas.

La STPS intercambiará información y realizará acciones coordinadas con el IMSS, el SAT y el Infonavit para lo cual se podrán celebrar los convenios de colaboración que resulten necesarios, especificó el Acuerdo que entra en vigor este 25 de mayo.