Ante el creciente flujo personas que están ingresando de manera ilegal a México por la frontera sur, y en línea con el compromiso del Gobierno federal por reforzar la vigilancia de migrantes, el Instituto Nacional de Migración (INM) recalcó que hará valer la ley en materia y sancionará a propietarios, concesionarios y operadores de autotransporte de pasaje y turismo que trasladen extranjeros hacia o en territorio nacional.

A través del oficio INM/DGJDHT/213/2019, el órgano de la Secretaría de Gobernación señaló que la situación que enfrenta nuestro país ha sido aprovechada por organizaciones de traficantes de personas, que incluso utilizan los servicios de transporte terrestre.

En este sentido, el INM solicitó la colaboración del sector para que, de manera coordinada, se cumpla con lo establecido en la Ley de Migración, que en su artículo 153 dicta:

“Las empresas dedicadas al transporte internacional terrestre, marítimo aéreo que trasladen al país extranjeros sin documentación migratoria vigente, serán sancionadas con multa de 1,000 a 10,000 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal (sic), sin perjuicio de que el extranjero de que se trate sea rechazado y de que la empresa lo regrese, por su cuenta, al lugar de procedencia”.

Asimismo, el INM destaca lo establecido en el artículo 159, que refiere las penas de ocho a 16 años de prisión y multa de 1,000 a 15,000 días de salario mínimo impuestas a quien con propósito de tráfico lleve a una o más personas a internarse en otro país sin la documentación correspondiente; introduzca, sin la documentación correspondiente, a uno o varios extranjeros a territorio mexicano, o albergue o transporte en México a extranjeros con el fin de evadir la revisión migratoria.