La actual Ley del IVA y su reglamento traerá sobrecostos de hasta 11% para el autotransporte mexicano que presta sus servicios de Estados Unidos hacia territorio nacional, esto con las reglas del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), advirtió Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar). 

Irla Espinosa López, directora de Desarrollo del Autotransporte de la Canacar, expuso ante la Comisión de Hacienda y Crédito Público en el Senado que, con la entrada en vigor del T-MEC, hay un segmento de transportistas mexicanos que no acredita en su totalidad los gastos o servicios prestados en el extranjero debido a que la actual Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) no lo permite, hecho que los pone en desventaja para competir en el mercado. 

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Hasta hoy, el comercio entre México y Estados Unidos se efectúa en un 70% por empresas mexicanas. De continuarse aplicando las disposiciones de la actual Ley del IVA y su reglamento se estima que los costos se incrementarían, por el acreditamiento parcial del IVA de los gastos e inversiones necesarias para prestar el servicio, solo para el autotransporte de carga mexicano en más de 11 por ciento”. 

Por ello, Irla Espinoza puso ante la mesa de los senadores se modifique la Ley del IVA en su artículo 16, con la adición de un párrafo que considere que el servicio de autotransporte de bienes se presta en territorio nacional, cuando el mismo inicia en el extranjero y concluya en territorio nacional,  siempre que se preste por un residente en el país. 

Actualmente, la Ley considera como no objeto de IVA al transporte internacional que tiene como origen Estados Unidos y a México como destino; mientras que para el transporte internacional con origen en México y destino en Estados Unidos es de cero por ciento; y para el nacional es de 16 por ciento, explicó la especialista. 

Es evidentes añadió, que el reglamento no solo contradice ordenamientos superiores como el T-MEC y Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, colocando al autotransporte de carga mexicano en situación de desventaja frente al de Estados Unidos, misma que se agrava en la condición en que se negoció el T-MEC. 

Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en su artículo 59 establece que el autotransporte internacional de carga es el que opera de un país extranjero a territorio nacional o viceversa y se ajustará en los términos y condiciones previstos en los tratados internacionales, detalló. 

Durante su participación en el segundo foro de discusión del Paquete Económico 2021, la representante de Canacar también pidió se reforme el artículo 29 en su fracción quinta, de la Ley del IVA actual.