Los cambios incluidos en el complemento Carta Porte 3.0 hacen pensar que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) alista nuevas reglas para el cumplimiento de este requerimiento. 

Este 25 de septiembre, el SAT publicó en su portal de internet las claves y descripciones de los catálogos a utilizar para el llenado de facturas con complemento Carta Porte versión 3.0.

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La actualización incluyó el estándar, esquema, secuencia de cadena original, matriz de errores y esquema de catálogos. Un total de cinco documentos. 

Al respecto, Gustavo Leal Cueva, director ejecutivo de Fiscalia, expone que se pronostican cambios en las reglas.

Lo anterior, debido a que el complemento Carta Porte 3.0 incluye datos que no se sabe qué significan o qué es lo que se debe informar.

De forma adicional, el SAT pide nueva y detallada información al autotransporte que sirve a la industria farmacéutica y moviliza sustancias controladas. 

El SAT añade catálogos 

El complemento Carta Porte 3.0 incluye un catálogo de Sector Cofepris, con cinco claves. 

Estos nuevos campos son para el transporte de medicamento, precursores y químicos de uso dual, psicotrópicos y estupefacientes, sustancias tóxicas, así como plaguicidas y fertilizantes. 

Añade otra sección para el sector farmacéutico, con 20 claves que describen el tipo de producto, como tabletas, cápsulas, comprimidos y grageas, por mencionar algunas opciones. 

Se incluye, también, un catálogo de cuatro claves para “Condiciones especiales de transporte”, se refieren a productos congelados, refrigerados, temperatura controlada y temperatura ambiente.  

Para los tres casos, la fecha de entrada en vigor de los cambios fue publicada como “indefinida”, por parte del SAT. 

Complemento Carta Porte 3.0 incluye “Tipo de Materia”

Entre los catálogos se añaden cinco claves para el “Tipo de Materia”. Esto quiere decir que la autoridad fiscal pedirá detallar si se traslada materia prima, procesada, terminada, para la industria manufacturera o de otro tipo. 

En este caso, los cambios solicitados deberán ser aplicados por los contribuyentes a partir del 25 de octubre. 

Comercio exterior 

Leal Cueva refiere que el complemento Carta Porte 3.0 viene acompañado de cambios en materia de comercio exterior. 

Se deja de ser referencia al pedimento y se hace referencia ahora a documentos de comercio exterior en general”.

El especialista detalla que se agrega un nuevo UUID o folio fiscal que la autoridad debe precisar en qué momento se debe obtener o de qué documento debe provenir.

En julio pasado, el SAT publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una extensión, al 1 de enero de 2024, para la obligatoriedad del complemento Carta Porte en operaciones de comercio exterior. 

Esto, luego de que en diciembre de 2022 definió que sería el 1 de agosto de este año cuando este requerimiento sería exigible en el transporte internacional. 

En conclusión, el complemento Carta Porte versión 3.0 requerirá nuevamente de cambios en los sistemas, en manos de los desarrolladores. 

Mientras la atención estará puesta en la publicación de nuevas reglas, donde aclare las dudas sobre la implementación de los cambios publicados este 25 de septiembre en su portal de internet. 

Los distintos modos de transporte tienen al 31 de diciembre para expedir el requerimiento de la autoridad con errores en el llenado, sin ser sujetos a multas o sanciones. Su obligatoriedad inició en enero de 2022. 

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