Como se recodará, en días pasados el Senado de la República aprobó reformas a la ley del Repuve que obligan a quienes fabriquen, ensamblen o blinden vehículos en el territorio nacional, a asignarles un número de identificación vehicular para que sea un elemento de verificación en el citado registro, de acuerdo a la norma oficial respectiva.

Los legisladores de la Cámara Alta aseveraron que la comercialización de los automotores nuevos blindados alcanza ventas importantes, incluso su valor como usados o seminuevos rebasan hasta el 40% en el mercado. Además, el 80% de los compradores son particulares cuyo objetivo principal es protegerse de ataques de la delincuencia en los rubros de secuestro y robo a mano armada.

Cabe apuntar que para respaldar al dictamen correspondiente, los senadores tomaron en cuenta que la venta de automóviles blindados se incrementó 20% en 2011, según cifras reportadas por la AMBA.

Los senadores establecieron como viable modificar la Ley del Registro Público Vehicular para crear un compendio registral que sistematice los datos de los usuarios de autos blindados, sin que ello implique generar nuevas estructuras administrativas, ni gastos operativos que incidan en la disponibilidad presupuestaria.

Además de la disuasión que implica tener que inscribir los vehículos blindados en el Registro, se contribuirá a la investigación de los delitos y a identificar redes o vínculos criminales.

Se pretende que las empresas que equipan esos vehículos lleven un registro de a quiénes se venden y cuántos han salido al mercado, principalmente porque la delincuencia ha comenzado a utilizar muchos automotores de este tipo robados en distintos punto del país. El auto tendrá que portar una placa especial de identificación que indique dónde se compró, cuánto tiempo ha transcurrido desde la adquisición y cuál empresa lo vendió.