La Comisión de Movilidad de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad suprimir la integración de la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana (SSPC) del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial.

Esto, con el propósito de realizar un estudio más profundo por parte de las dependencias y de la Comisión que permita definir, en otro momento, la integración de la SSPC, propuesta por la diputada María Leticia Chávez Pérez, el pasado 31 de mayo.

La decisión surgida en votación económica deroga las atribuciones de la SSPC señaladas en el artículo 72 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (LGMSV), que indican:

  • Remitir al Sistema Nacional la información contenida en el Registro Público Vehicular.
  • Mantener actualizada la información contenida en el Registro Público Vehicular.
  • Participar en las acciones que en materia de protección al medio ambiente lleven a cabo las autoridades federales o estatales, en relación con la movilidad y seguridad vial.
  • Participar en la celebración de convenios de coordinación con las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para la realización de acciones en materia objeto de esta Ley.
  • Colaborar con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, en la prevención de las violencias de género en los sistemas de movilidad.

El dictamen votado por la Comisión de Movilidad, de acuerdo con el proceso, será presentado ante el Pleno de la Cámara para su discusión y votación.

Otros dictámenes se suman al de la SSPC

Durante la sesión realizada el 16 de agosto, la Comisión de Movilidad sumó una serie de dictámenes para reformar la LGMSV.

Entre éstos destaca la aprobación para la modificación del artículo 25 de la LGMSV, a fin de adicionar una fracción IX para definir que en la estrategia nacional de movilidad se observe el uso de tecnologías y energías limpias en el transporte público y de carga.

También se suma la reforma al artículo 51 de la LGMSV para que a través de la Secretaría de Salud se emita un protocolo de atención médica, prehospitalaria y de actuación para conductores y acompañantes de vehículos en caso de hechos de tránsito.

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Dicho protocolo deberá ser entregado de forma física y digital a todas las personas que obtengan o renueven su licencia o permiso de conducir.

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