La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) presentó ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER), el aviso de los horarios de operación para vehículos sobredimensionados para las vacaciones de Semana Santa de este 2022.

El documento, diseñado por la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), está dirigido a todos los usuarios y permisionarios del servicio de autotransporte federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales que transiten por caminos y puentes de jurisdicción federal.

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Dichos vehículos, que cuenten con el permiso especial de la SCT, podrán transitar en el periodo vacacional comprendido de las 00:00 horas del 8 de abril, a las 23:59 horas del 24 de abril de conformidad con el numeral 5.6 de la NOM-040-SCT-2-2012 como se indica:

  • El 11, 12, 19, 20 y 21 de abril cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4 de las 00:00 horas a las 23:59 horas, y cuando transiten circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas y de 18:30 a 23:59 horas condicionado a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.
  • El 13, 22 y 23 abril para cualquier tipo de camino de las 6:00 a las 14:00 horas.

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Del 8 al 10, así como del 14 al 18 y el 24 de abril de 2022, deberán suspender totalmente su tránsito, de conformidad con la NOM-040.

Cabe destacar que ese documento aún se encuentra a revisión por la CONAMER y, tras su dictamen, será publicado en el Diario Oficial de la Federación para su aplicación.

El objetivo de la SICT es que las restricciones de circulación permitan un mejor flujo vehicular de los usuarios de las carreteras federales, compuesto principalmente de familias que viajan con motivo de la celebración de Semana Santa y por vacacionistas con destino a lugares turísticos, al evitarse la presencia de vehículos de autotransporte sobredimensionado.

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Se trata de fomentar la seguridad de los vacacionistas que en dicho periodo circulan en los caminos y puentes de jurisdicción federal.

La SICT considera necesario difundir las restricciones entre el sector para que se tomen las previsiones pertinentes.

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