El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF)  la nueva prórroga otorgada para que la emisión del  complemento Carta Porte con errores no derive en sanciones o multas. 

Este lunes, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el SAT publicó en el DOF la décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022. 

Se entiende que cumplen con lo dispuesto en las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 31 de julio de 2023 y este no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en el ‘Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte’, publicado en el Portal del SAT, expuso en el documento. 

El pasado 25 de noviembre, el SAT publicó en su página de internet la decisión de extender, del 31 de diciembre al 31 de julio, el lapso para que la emisión de los CFDI con complemento Carta Porte con errores no genere multas o sanciones. 

La décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 publicada en el DOF especifica que la emisión de los CFDI de tipo ingreso o traslado con su complemento es aplicable desde el 1 de enero de este año. 

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Mesas de trabajo en complemento Carta Porte

Este nuevo plazo llega luego de que autoridades del SAT realizaron unas 14 mesas de trabajo en las que cámaras y asociaciones presentaron más de 100 aspectos que deben ser atendidos para cumplir correctamente con el complemento Carta Porte.

La autoridad detalló que analiza las necesidades de la industria del transporte, además de que busca facilitar la emisión del CFDI con complemento Carta Porte.  

De forma inicial, el periodo de transición para este requerimiento concluía el 31 de marzo, sin embargo, ese mismo mes el SAT lo aplazó al 30 de septiembre.

Sin embargo, en agosto pasado anunció un nuevo plazo, al 31 de diciembre de este año, para que la expedición del complemento Carta Porte con errores no sea objeto de multas.