En el 99.9% de los casos en que aparece la “puerta giratoria” en el delito de robo al autotransporte de carga deriva del desconocimiento o falta de un protocolo de respuesta rápida dentro de la empresa transportista, de acuerdo con Érika Bardales Lazcano, maestra en Sistema Penal Acusatorio y Juicios Orales. 

La especialista sostuvo que las empresas de autotransporte de carga deben pensar en protocolos de reacción rápida, los cuales se deben revisar para saber qué hacer cuando hay detenidos en flagrancia, tras ser víctima del delito tipificado como federal en la modificación al Código Federal Penal en febrero de 2018 y así evitar la denominada “puerta giratoria”.

Hace falta difusión para que todos los elementos con los que cuenta el Código Penal Federal se bajen a todo el país. ¿Qué significa? Que hasta el Ministerio Público del lugar más recóndito de este país sepa que este delito es federal, porque entonces cobran razón de ser todos los logros que hemos tenido a nivel político y constitucional”. 

Érika Bardales Lazcano, Maestra en Sistema Penal Acusatorio y Juicios Orales. 

Para armar estos manuales de organización, operatividad, protocolos que debe tener la empresa para maximizar su seguridad y prevención en determinados delitos y conductas, expertos convocados por la Asociación Nacional de Transporte Privado (ANTP) identificaron puntos clave que los transportistas deben conocer para poner un freno a la «puerta giratoria». 

Se debe conocer que con los cambios al Código Penal Federal y a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación se abre el espacio para que no solo el robo al autotransporte federal pueda ser gravado con elementos adicionales. Uno de ellos es que la víctima debe hacer la distinción entre una asociación delictuosa y delincuencia organizada.  

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Está última es un agravante que pone el pie a la «puerta giratoria», pues se define como la banda de tres o más personas con el propósito de delinquir de manera permanente. Y esta sola distinción significa 20 años más de prisión para los delincuentes, hecho que impide la libertad. 

Para comprobar que el delito es obra de la delincuencia organizada, la parte jurídica de la empresa de autotransporte debe llevar un control de la investigación, si no le damos seguimiento, quienes delinquen pueden argumentar que no es una práctica reiterada, advirtió Bardales Lazcano. 

El otro aspecto es que cuando los ladrones meten en la caja al operador y lo dejan ahí mientras tienen el vehículo y la persona está amagada, podría poner la denuncia por secuestro.

José Reséndiz Martínez, Posgrado de Derecho Económico y Corporativo, instó a hacer valer una herramienta más recientemente aprobada: el agravante por el uso de inhibidores de señal o los denominados jammer. Que por su solo uso por parte de la delincuencia organizada, están frenando la velocidad de la puerta giratoria. 

La abogada invitada por la ANTP refirió que las empresas y los operadores deben saber que, después de un robo el conductor debe firmar el informe policial en el cual se debe especificar que se trató de un delito federal, porque fue en una autopista, y que hubo inhibidor de señal, ya que la empresa perdió el rastro del vehículo de carga. 

Es común que en este momento, la empresa y el operador estén preocupados por su seguridad y recuperar la mercancía; sin embargo, el protocolo de acción rápida marca la ruta a seguir para que el abogado de los delincuentes no saque a sus clientes por la «puerta giratoria», mientras la empresa trata de reunir todos los elementos para hacer justicia.