El Gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que la industria de la construcción, la minería y la referente a la fabricación de equipo de transporte serán consideradas como actividades esenciales, pero podrán iniciar labores hasta el 1 de junio. 

En el documento del DOF, la Administración federal señaló que del 18 al 31 de mayo las empresas de estos ramos –incluida la fabricación de transporte–implementarán los lineamientos de seguridad sanitaria en el entorno laboral que publique la Secretaría de Salud, en coordinación con las Secretarías de Economía (SE) y del Trabajo y Previsión Social (STPS), así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La industria automotriz impulsaba ante el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador que pudiera reiniciar actividades esta misma semana, días antes de que las armadoras en Estados Unidos retornen, lo que se tiene previsto para el próximo 18 de mayo. 

La publicación en el DOF confirma lo anunciado anoche por el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell, que la fabricación de equipo de transporte, la minería y construcción no iniciarán actividad productiva el 18 de mayo. 

Previamente, la titular de la Secretaría de Economía (SE), Graciela Márquez, había expuesto en conferencia matutina con el Jefe del Ejecutivo que a partir del 18 de mayo se ampliarán las actividades esenciales con la construcción, minería y fabricación de transporte. 

Sin embargo, no aclaró que esto no implicaba su actividad productiva, como lo hacen actualmente las esenciales.

Leer: López-Gatell: nuevas esenciales no iniciarán actividades el 18 de mayo

Activan semáforo COVID-19 

Además de la reactivación de la fabricación de equipo de transporte, el presente acuerdo publicado en el DOF también hace oficial la estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas mediante un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico.

La estrategia consiste en la reapertura de actividades de una manera gradual, ordenada y cauta, considerando las siguientes etapas:

Etapa 1: Inicia el 18 de mayo con la reapertura de las actividades en los municipios en que no se hubieran presentado casos de COVID-19 y que, además, no tengan vecindad con municipios con contagios.

Etapa 2: Abarca del 18 al 31 de mayo, y consiste en llevar a cabo acciones de preparación para la reapertura de las actividades en general, como son la elaboración de protocolos sanitarios para el reinicio seguro de actividades, capacitación de personal para seguridad en el ambiente laboral, readecuación de espacios y procesos productivos, así como la implementación de filtros de ingreso, sanitización e higiene del espacio laboral, entre otras que determine la Secretaría de Salud.

Etapa 3: Inicia el 1 de junio conforme al sistema de semáforo por regiones para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas.

El semáforo que se establece en el DOF indicará mediante colores las medidas de seguridad sanitaria apropiadas para las actividades laborales, educativas y el uso del espacio público, entre otros.

Semáforo por regiones que publica la Administración de AMLO en el DOF.