La prohibición de los vehículos con doble remolque o fulles revivió con fuerza en la Cámara de Diputados, donde se buscaba la votación en el Pleno de la iniciativa propuesta por la diputada del PRI, Lorena Piñón, con la dispensa de todos los trámites. 

Los cambios de la iniciativa de la legisladora priista, apoyada por su compañero Rubén Moreira, adiciona y modifica artículos de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. 

Adiciona el artículo 51 Bis en el que «queda prohibida la circulación en carreteras y caminos del territorio nacional a unidades de autotransporte de carga con doble articulación, remolques o semirremolques”.

La reforma al artículo 61 de la Ley, obedece a la prohibición de los fulles en territorio nacional, de forma que estas configuraciones de origen extranjero tampoco puedan circular por las carreteras del país, ni de forma temporal: 

Los autotransportes de carga de procedencia extranjera deben cumplir con las dimensiones establecidas para circular en las carreteras y caminos del territorio nacional descritas en el artículo 51 bis de la presente ley”. 

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La polarización entre los grupos parlamentarios derivó en el retiro de la votación en el Pleno de la iniciativa presentada el 12 de octubre de 2021, con la solicitud de que sea ampliamente discutida en comisiones. 

En repetidas ocasiones, participantes en el transporte de carga han expuesto la relevancia de regular, más no prohibir, el uso de los fulles, en especial en un contexto de elevada inflación y alza de los insumos que utilizan el autotransporte. 

Argumentos a favor del uso de fulles

A continuación los argumentos que se han presentado ante legisladores, los cuales obtienen mayor relevancia para ser discutidos y analizados cuando los grupos parlamentarios estuvieron a nada de votar su prohibición sin abrir la puerta a un análisis en comisiones:

  • Los fulles cuentan con mayor tecnología para garantizar la seguridad de su circulación (gobernador de velocidad, suspensión neumática, ABS, motor electrónico). 
  • Tienen la tasa más baja de participación en siniestros, 4.4%, en comparación con las demás configuraciones de autotransporte de carga. 
  • Son la configuración más regulada y su operación requiere de una autorización expresa y una licencia especial que exige más capacitación para su obtención por parte de los conductores. 
  • Los fulles mueven entre el 20 y 35% de toda la carga nacional. 
  • Son pieza clave en las cadenas de suministro de materias primas y distribución de mercancías, debido a que llegan a donde otros modos de transporte no lo hacen (marítimo, ferroviario y aéreo).
  • Los fulles contribuyen a disminuir los costos logísticos y el precio de bienes e insumos para el consumidor final, importante en un contexto inflacionario como el que actualmente se vive en el país. 
  • Reducen 68% las emisiones de CO2 y consumo de combustible por tonelada transportada. 
  • Los fulles ayudan a mitigar los efectos del cambio climático por la disminución de fuentes móviles de emisión de gases a la atmósfera. 
  • Ocupan 55% menos espacio en carretera que 2 camiones sencillos. 
  • Son una estratégica para el combate al robo de combustible y la seguridad energética: Pemex cuenta con 671 autotanques de doble remolque con capacidad equivalente a 144 mil barriles diarios. 

La NOM-012 sobre pesos y dimensiones es importante en la regulación de los fulles, además de las normas 068, 035, 040 y aquellas de residuos peligrosos que también involucran a esta configuración. 

La clave, de acuerdo con transportistas y especialistas es que las normas existentes sean revisadas y la autoridad dedique los recursos para vigilar su cumplimento en aquellos casos en que se pone en peligro a la población. 

Ignacio Mier, presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, informó que los legisladores iniciaron un “espacio de diálogo” para que la iniciativa que busca prohibir los fulles sea sometida a consideración. 

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