La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publicó en el Diario Oficial el proyecto de la Norma 167 (PROY-NOM-167-SEMARNAT-2016), que establece los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes para los vehículos automotores que circulan en la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala, así como los métodos de prueba para la evaluación de dichos límites y las especificaciones de tecnologías de información y hologramas de verificación.

En el contenido de este documento, se fijan los límites de opacidad para vehículos automotores a diesel, cuyo peso bruto vehicular es mayor de 400 kilogramos y hasta 3857 kilogramos:

LímiteEmisionesDiesel400-3857kg
Mientras que para unidades a diesel con peso bruto vehicular mayor de 3857 kilogramos, los límites establecidos son:

LímiteEmisionesDiesel+3857kg

En cuanto a los límites máximos para la detección de unidades ostensiblemente contaminantes, el proyecto apunta que se considerará de este modo a vehículos que, conforme al método de prueba de Detección Remota, registren emisiones mayores a las indicadas en la siguiente tabla:

LímiteVehículosDieselOstensiblementeContaminantes

Por otro lado, la aplicación de los métodos de prueba se determinaría en función de las características del tren motriz y el tipo de combustible empleado, conforme a lo señalado en esta tabla:

MétodosDePruebaVerificación

En el Anexo Normativo I del documento se establecen especificaciones sobre la aplicación del Sistema de Diagnóstico a Bordo. Acerca de los procedimientos de prueba Dinámica y de prueba Estática, el texto remite a lo descrito en los numerales 5 y 6 de la NOM-047-SEMARNAT-2014, mientras que para la prueba de Opacidad, se retoma lo establecido en el numeral 5 de la NOM-045-SEMARNAT-2006.

Dentro de la exposición de motivos del proyecto, la SEMARNAT explica que si bien la Norma de Emergencia 167 ha contribuido a la mitigación de la contaminación ambiental por parte de vehículos automotores, es necesario contar con un instrumento regulatorio definitivo. Asimismo, apunta que a partir del día siguiente de su publicación, los interesados tendrán un plazo de 60 días para presentar sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Puedes consultar el documento completo en este enlace.