Al considerarse una medida discriminatoria y que atenta contra la dignidad humana y el derecho al trabajo, la diputada Claudia Janeth Ochoa Iñiguez propuso exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) para que elimine del documento Requisitos médicos relativos al personal del Autotransporte Público Federal, donde se establece el porcentaje de grasa corporal para poder laborar en el sector.
En su iniciativa, la legisladora recordó que este ordenamiento – publicado por primera vez en el Diario Oficial de la Federación en 2010 – establece en su décimo artículo que serán consideradas personas no aptas para laborar en el autotransporte, aquellas cuyo porcentaje de grasa corporal sea mayor a 40 por ciento.
Este supuesto, enfatiza, no sólo vulnera el derecho a la no discriminación sino que coloca a estos individuos y a sus familias, en un estado indefenso y riesgo por no poder cubrir los gastos básicos de subsistencia.
Si bien entendemos los riesgos que implica el sobrepeso, en este caso no podemos ponderar la importancia que tiene el derecho a obtener un trabajo, ya que atentaríamos contra la dignidad humana”.
El documento emitido por la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte de la SCT, que contiene los requisitos médicos relativos al personal del autotransporte público federal, establece diversas condiciones para determinar si las personas que auxilian, operan o conducen el autotransporte público federal son aptas o no para realizar dicha actividad, mediante la emisión de una Constancia de Aptitud Psicofísica.
Sin embargo, considera Ochoa Íñiguez, es necesario tomar en cuenta la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada y aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas desde 1948, sobre la no discriminación, así como al goce de derechos económicos, sociales y culturales de todas las personas.
El punto de acuerdo se envió a la Tercera Comisión de la Permanente para su análisis.













