La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) dio a conocer el informe «Obstáculos regulatorios a la competencia: Normativa estatal de transporte público», en el que identifica algunas disposiciones de las legislaciones locales que pueden representar barreras para la libre competencia en el servicio de transporte de carga en las diversas entidades del país.
El primer obstáculo señalado es la restricción para que los agentes dedicados a otras actividades económicas se provean a sí mismos el servicio de transporte, medida que está presente en normatividades de Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Durango, Sonora, Tabasco y Sinaloa.
Otra de las barreras identificadas por la COFECE es el otorgamiento de permisos de zona, es decir, la limitación para prestar el servicio solo en ciertas áreas geográficas, disposición encontrada en las reglamentaciones de 11 entidades: Baja California, Campeche, Chiapas, Coahuila, Durango, Querétaro, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán.
Asimismo, la Comisión encontró que en nueve regulaciones se otorgan facultades discrecionales al Ejecutivo estatal para que pueda suspender el otorgamiento de concesiones, fijar tarifas, o determinar el número permisos por zona. Esto ocurre en: Chihuahua, Coahuila, Chiapas, Durango, Jalisco, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala y Veracruz.
Por último, la autoridad de competencia reportó la presencia de criterios de preferencia por antigüedad en el otorgamiento o renovación de concesiones del servicio de transporte público de carga en las normatividades de 18 estados: Sinaloa, Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Chihuahua, Colima, Durango, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Tlaxcala, San Luis Potosí, Sonora, Veracruz y Zacatecas.
A fin de acabar con estos obstáculos, la COFECE recomienda modificar las reglamentaciones para: unificar el régimen de concesión-permiso y eliminar restricciones por zona geográfica, limitar facultades discrecionales para el otorgamiento de permisos y regulación de tarifas, permitir la autoprovisión de servicios de transporte a agentes de otras áreas económicas, anular la limitante que solo autoriza transportar “activos fijos”, y evitar conflictos de interés al eliminar la posibilidad de que el titular de la Dirección sea simultáneamente permisionario.
De aplicarse estas medidas, apunta la Comisión, se logrará: impedir la concentración al favorecer la entrada y la expansión de los transportistas y empresas con autoprovisión del servicio, una posible disminución de precios al liberalizar las tarifas, mejorar la calidad del servicio y reducir los costos de operación al incrementar la presión competitiva, y garantizar certidumbre jurídica al eliminar los incentivos para discriminar entre transportistas.













