El gobierno de Jalisco reformó el Reglamento de la Ley de Movilidad y Transporte con el objetivo de facilitar el acceso a licencias de conducir para quienes deseen prestar el servicio de transporte público en todas sus modalidades.

Las modificaciones se realizaron al artículo 92 fracción IV del Reglamento, que establece que la licencia de conducir de automovilistas que quieran ser operadores del transporte público debe tener un tiempo de antigüedad mínimo de dos años y ya no de cuatro años.

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De igual manera, eliminó la edad mínima de 22 años para quienes busquen obtener las licencias tipo C1, C1+E, C2, C3, C4, C5, D1, D2 y D3, siempre y cuando cuenten con la mayoría de edad, así como con la licencia de automovilista.

La licencia tipo C2, permite a una persona conducir un vehículo exclusivamente para servicio de transporte público colectivo y masivo, la cual tiene validez en cualquiera de los municipios del estado.

Por otra parte, para obtener la licencia tipo C1, el Reglamento establece que autoriza a las y los interesados en conducir vehículos de uso privado y público, construidos con capacidad de más de 3,000 kilogramos de carga, al igual que la licencia tipo C1+E para transportar materiales peligrosos o tóxicos.

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La reforma al Reglamento de la Ley de Movilidad y Transporte entra en vigor a partir de esta semana tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco.

De acuerdo con el gobierno del estado, derivado la pandemia por COVID-19 se perdieron entre enero y mayo de 2020 alrededor de 12.5 millones de empleos, lo que provocó que las personas consideraran trabajar como conductores en cualquier modalidad de transporte público, razón por la que se hicieron estas modificaciones al Reglamento.

En tanto, la Comisión de Movilidad del Congreso del Estado de Jalisco implementó mesas de diálogo que se llevarán en cabo en distintos municipios de la entidad con motivo de realizar modificaciones en materia de la Ley de Movilidad y Transporte.

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