Este lunes, el Pleno del Senado de la República aprobó, en lo general y en lo particular, el decreto por el que se expide la Ley de la Guardia Nacional.

El documento, que recibió 75 votos a favor y 34 en contra, en lo general, así como 75 a favor y 32 en contra, en lo particular, se turnó al Ejecutivo Federal.

Dicho ordenamiento reglamenta las tareas de la Guardia Nacional, sus mandos y promociones, el ingreso a este cuerpo de seguridad, las prestaciones a las que tienen derecho sus elementos, entre otros aspectos.

La nueva Ley de la Guardia Nacional. que cuenta con 96 artículos y se organiza en siete títulos, señala que la institución podrá contar con personal del Ejército, Fuerza Aérea y de caráctercivil que sea necesario.

Su objeto es realizar la función de seguridad pública a cargo de la Federación y, en su caso, colaborar temporalmente en las tareas de seguridad pública que corresponden a las entidades federativas o municipios.

En tanto, señala que el titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) será el responsable de organizar, equipar, educar, adiestrar, capacitar, administrar y desarrollar a la Guardia Nacional.

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La Guardia Nacional realizará sus operaciones mediante la estructura siguiente: Secretaría de la Defensa Nacional, Comandancia, Coordinación Territorial, Coordinación Estatal, Coordinación de Unidad, y Unidades Circunstanciales.

Cabe señalar que, en el decreto aprobado se modifican ocho ordenamientos para armonizarlos con la reforma constitucional en esta materia avalada en 2024.

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