Con el objetivo de establecer las especificaciones de calidad que deben cumplir los petrolíferos en cada etapa de la cadena de producción y suministro en territorio nacional, incluyendo su importación, la Comisión Reguladora de Energía, publicó esta mañana en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-016-CRE-2016.
De esta manera, el valor máximo de azufre en el diesel automotriz será de 15 mg/kg para la Zona Metropolitana del Valle de México, Guadalajara, Monterrey y la Zona Fronteriza Norte del país, así como para el importado mediante ducto, buque tanque, autotanque u otro medio de transporte terrestre y aquel destinado para los 11 corredores de distribución enlistados a continuación. Para el resto del país, el máximo permisible será de 500 mg/kg.
Corredor 1: Carreteras que conducen desde la Ciudad de México a Mexicali por el Pacífico.
- Guanajuato: Silao; II. Nayarit: Rosamorada; III. Sinaloa: La Angostura, Badiraguato, Elota, Guasave, Mocorito, Salvador Alvarado, Sinaloa y IV. Sonora: Huatabampo, Navojoa, Álamos, Altar, Carbó, Benjamín Hill, Pitiquillo, Santa Ana.
Corredor 2: Carreteras que conducen desde la Ciudad de México a Nuevo Laredo.
- Guanajuato: San Luis de la Paz; II. San Luis Potosí: Catorce, Cedral, Charcas, Matehuala, Vanegas, Villa de Guadalupe, Villa de la Paz y III. Nuevo León: Mier y Noriega y Doctor Arroyo.
Corredor 3: Carreteras que conducen desde ciudad de San Luis Potosí a Durango.
- Zacatecas: General Murguía, Juan Aldama, Miguel Auza, Río Grande y Mazapil.
Corredor 4: Carreteras que conducen desde la Ciudad de México a Tampico.
- Veracruz: Coyutla, Espinal, Papantla y Tihuatlán y II. Tamaulipas: Altamira, González y Tampico.
Corredor 5: Carreteras que conducen desde la Ciudad de México a Mérida.
- Veracruz: Acayucan, Actopan, Altotonga, Alto Lucero de Gutiérrez Barrios, Alvarado, Amatlán de los Reyes, Ángel R. Cabada, Boca del Río, Chinameca, Cosoleacaque, Cotaxtla, Fortín, Hueyapan de Ocampo, Ignacio de la Llave, Ixtaczoquitlán, Jalacingo, Jamapa, Juan Rodríguez Clara, La Antigua, Las Vigas, Lerdo de Tejada, Manlio Fabio Altamirano, Mecayapan, Medellín, Minatitlán, Orizaba, Paso de Ovejas, Perote, Puente Nacional, Rafael Delgado, San Juan Evangelista, Santiago Tuxtla, Soconusco, Soledad de Doblado, Texistepec, Tlacotalpan, Tlalixcoyan, Úrsulo Galván, Vega de Alatorre, Veracruz y Zaragoza; II. Tabasco: Lázaro Cárdenas; III. Campeche: Calkiní, Campeche, Candelaria, Champotón, Escárcega, Hopelchén y Tenabo y IV. Todos los municipios de Yucatán y Quintana Roo.
Corredor 6: Carreteras que conducen desde Minatitlán a Oaxaca.
- Oaxaca: Asunción Ixtaltepec, Candelaria Loxicha, Ciudad Ixtepec, Cuilapan de Guerrero, El Espinal, Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza, Matías Romero de Avendaño, Salina Cruz, San Jacinto Amilpas, San Lorenzo Cacaotepec, San Pedro Mixtepec, San Pedro Tapanatepec, San Pedro Totolapan, Santa María Colotepec, Santa María Huatulco, Santa María Jalapa del Marqués, Santa María Petapa, Santa María Tonameca, Santa Lucía del Camino, Santiago Astata, Santiago Niltepec, Santo Domingo Tehuantepec, Santo Domingo Zanatepec, Santos Reyes Nopala, Unión Hidalgo y Villa de Tututepec de Melchor Ocampo.
Corredor 7: Carreteras que conducen hacia Guatemala.
- Chiapas: Arriaga, Berriozábal, Mapastepec, Pijijiapan, Tonalá, Ocozocuautla.
Corredor 8: Carreteras que conducen desde la Ciudad de México a Lázaro Cárdenas, Michoacán.
- Michoacán: Tarímbaro, Charo, Lagunillas, Arteaga y Tumbiscatío
Corredor 9: Carreteras que conducen desde la Ciudad de México a Acapulco.
- Guerrero: Cuajinicuilapa, Chilpancingo y Leonardo Bravo.
Corredor 10: Carreteras que conducen desde la Ciudad de México a Matamoros.
- Puebla: Acateno, Atempan, Chignautla, Cuyoaco, Guadalupe Victoria, Huehuetla, Hueytamalco, La Fragua, Libres, Oriental, Quimixtlán, San Salvador El Seco, Tepeyahualco, Teteles de Ávila Castillos, Teziutlán, Tlatlauquitepec, Xiutetelco y Zacapoaxtla; II. Tlaxcala: El Carmen y III. Tamaulipas: Abasolo, Burgos, Cruillas, Güémez, Hidalgo, Jiménez, Llera, Padilla, San Fernando, Soto la Marina, Tula y Victoria.
Corredor 11: Carreteras que conducen desde la Ciudad de México a Monterrey.
- Durango: Cuencamé, El Oro, General Simón Bolívar, Gómez Palacio, Guadalupe Victoria, Hidalgo, Lerdo, Mapimí, Nazas, Pánuco de Coronado, Peñón Blanco, Rodeo, San Juan de Guadalupe, San Luis del Cordero, Santa Clara, Tlahualilo y Ocampo; II. Coahuila: Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Sierra Mojada, Torreón y Viesca; III. Chihuahua: Aldama, Allende, Aquiles Serdán, Bachiniva, Balleza, Bocoyna, Camargo, Carichi, Coyame del Sotol, Cuauhtémoc, Cusihuiriachi, Chihuahua, Chinipas, Delicias, Dr. Belisario Domínguez, El Tule, Gómez Farías, Gran Morelos, Guachochi, Guadalupe y Calvo, Guazapares, Guerrero, Hidalgo del Parral, Jiménez, Julimes, La Cruz, López, Madera, Matachi, Matamoros, Meoqui, Namiquipa, Nonoava, Ocampo, Ojinaga, Riva Palacio, Rosales, San Francisco de Borja, San Francisco de Conchos, Santa Bárbara, Santa Isabel, Satevo, Saucillo, Temósachic, Urique y Valle de Zaragoza.
Finalmente, a partir del 31 de diciembre de 2018, el contenido máximo de azufre en el diesel automotriz será de 15 mg/kg en todo el territorio nacional.
Especificaciones del diesel
Comentarios adicionales.
Para optimizar su uso y distribución, al diesel se le podrá agregar el aditivo en las instalaciones de almacenamiento o distribución previo al expendio al público en relación a la especificación de lubricidad, conductividad eléctrica u otra que se requiera; las pruebas correspondientes al diesel cuya composición sea final, deberá realizarlas el Permisionario que añada el aditivo con objeto de cumplir con la Norma.
Lo anterior significa que, en el caso de la importación de dicho petrolífero, el informe de resultados emitido por el laboratorio de origen acreditado podrá no contener la especificación de lubricidad, conductividad eléctrica u otra que se requiera realizar posteriormente, pero las pruebas correspondientes sí deberán realizarse después de agregar el aditivo, previo a su comercialización.