El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad reformas a la Ley de Atención y Protección a Víctimas y a la Ley de Hacienda para exentar de diversos pagos a las personas que hayan sido víctimas del delito de robo de vehículo en la entidad.
Con 39 votos a favor y ninguno en contra, diputadas y diputados avalaron modificaciones que permitirán a las víctimas evitar el pago por servicios de guarda en depósitos vehiculares, pensiones de tránsito, arrastre y traslado mediante grúas, siempre que acrediten su calidad de víctima de robo vehicular.
Las modificaciones contemplan la adición de una nueva fracción, la IX, al artículo 67 de la Ley de Atención y Protección a Víctimas, en la que se establece: «la exención de pagos a la víctima del robo de vehículo por los servicios de guarda en los depósitos y pensión de tránsito, arrastre, traslado, siempre que acrediten tener la calidad de víctima del delito de robo vehicular».
Asimismo, por lo que respecta a la Ley de Hacienda, se adicionó un artículo 48 Bis, que establece: «Quedan exentas del pago de Derechos contemplados en las fracción XI, XII y XIV del artículo anterior las personas que hayan sido objeto de robo vehicular en el estado de Sinaloa«.
Los legisladores señalaron que estas medidas buscan evitar que las personas afectadas por un delito enfrenten cargas económicas adicionales para recuperar su patrimonio.
Tras la aprobación del dictamen elaborado por la Comisión de Justicia, el presidente de la Mesa Directiva, Rodolfo Valenzuela Sánchez, instruyó la expedición del decreto correspondiente.
Estas reformas retoman propuestas presentadas previamente por los grupos parlamentarios de Morena, PAS y PRI, así como por ciudadanos que promovieron iniciativas para fortalecer la protección de las víctimas de robo vehicular en Sinaloa.
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