El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) aseguró que es una irresponsabilidad por parte del Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos (CCNN) el haber hecho caso omiso a las recomendaciones que le hizo la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) respecto al proyecto de la NOM 016, que remplazará a la 086 en lo referente a la calidad de los combustibles.
“Para las organizaciones de la sociedad civil que hemos trabajado a lo largo de más de una década por mejorar la calidad del aire en México, resulta muy preocupante que se hayan rechazado propuestas de modificaciones en extremo relevantes que se hicieron con el fin de avanzar en el camino para poder contar con tecnologías y combustibles más limpios en todo el país”, señaló la organización.
Contenido de aromáticos
El CEMDA señaló que en primer lugar, el anteproyecto eleva el porcentaje máximo de contenido de aromáticos en las gasolinas de un 32% que estaba en el Anteproyecto de Norma a 50%.
“Estándares internacionales señalados en la Carta Mundial de Combustibles establecen un máximo de 35%, aunque estados como California tienen porcentajes aún más estrictos. Dejar este porcentaje del 50% abriría la puerta para que se pudieran importar a nuestro país gasolinas de mala calidad que actualmente no pueden venderse en otras partes del mundo”, destacó.
Esto, agregó, significa un retroceso para México en su compromiso de mejorar la calidad de sus combustibles y repercutirá negativamente tanto en la calidad del aire como en la salud, toda vez que los aromáticos son reconocidos agentes cancerígenos y precursores de la formación de ozono, principalmente en las zonas metropolitanas.
Contenido de azufre
Por otro lado, en lo que refiere al contenido de azufre en los combustibles, el CEMDA señaló que las ONG’s han hecho llamados constantes para que la norma de calidad de combustibles establezca un contenido promedio de 10 partes por millón (ppm) en gasolinas y 15 ppm en Diesel en todo el territorio nacional a partir de 2017.
“La reducción a 10 ppm en gasolina hace más efectivos los catalizadores y logra una reducción de hasta 16% de emisiones de Óxidos de Nitrógeno (NOx) del sector transporte. La Norma 016, sin embargo, pretende aprobar un contenido total de azufre de 30 ppm promedio y de un máximo de 80 ppm en gasolinas, cuando los beneficios de una transición hacia un estándar de 10 ppm están ampliamente documentados en el programa Tier 3 de control de emisiones de la Agencia de Protección Ambiental estadounidense (EPA, por sus siglas en inglés), a implementarse en 2017”, explicaron.
Combustible Diesel
En lo referente al Diesel, advirtieron que la NOM 016 señala un máximo de 15 ppm en uso automotriz en las zonas metropolitanas (ZM), Zona Fronteriza Norte (ZFN) y 11 corredores de distribución a lo largo del país, mientras se incrementa a un máximo de 500 ppm para el resto del país.
“Dichos límites diferenciados entre las ZM y el resto del país transgreden el principio de igualdad y no discriminación, ya que exponen a la población a altas concentraciones de partículas en el aire y a impactos negativos en su salud. La protección debe ser extensiva para todos los mexicanos o, de lo contrario, la autoridad debe justificar el objeto y beneficio de dichas diferencias, lo cual no está expuesto en la Norma”, precisaron.
Distribución de Diesel de Ultra Bajo Azufre
Respecto de la distribución de Diesel de Ultra Bajo Azufre (DUBA) en todo el territorio nacional, especificaron que la NOM 016 señala que será a partir del 1º de julio de 2018 cuando el contenido máximo de azufre en este petrolífero sea de 15 ppm en el resto del país. Al respecto, cabe recordar que al día de hoy hay un retraso de siete años en lo que se refiere a la obligación de Petróleos Mexicanos (Pemex) de distribuir DUBA en todo el país.
“La CRE hizo caso omiso de la recomendación de la Semarnat en lo que se refiere a las concentraciones de azufre, benceno, olefinas y aromáticos, argumentando que tanto en Estados Unidos como en otros países, la transición a valores inferiores se implementó en forma gradual y en promedio duró 7 años”, apuntaron.
Nivel mínimo de octanaje
De igual forma, tanto Semarnat como las organizaciones de sociedad civil habían recomendado que, tal como lo establecía la NOM-EM-015-SENER-2015, no se reduzca el nivel mínimo actual de octanaje para la gasolina Premium (92/95 AKI/RON) al nivel que se propone en la nueva Norma (91/94 AKI/RON).
Estas gasolinas son comúnmente utilizadas y están ampliamente disponibles en los mercados internacionales, incluyendo América Latina. No obstante, los comentarios no fueron atendidos por la CRE, lo que implica un riesgo para la transición a largo plazo hacia el uso de motores más modernos, eficientes y de alta compresión.













