La Dirección General de Autotransporte Federal, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, publicó en el Diario Oficial de la Federación los horarios de operación durante el periodo vacacional de Semana Santa para permisionarios del servicio de autotransporte federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales.

De acuerdo con la autoridad, las restricciones para dichos vehículos aplicarán entre el 12 y 29 de abril como sigue:

  • El 15 y 16 de abril, del 23 al 25 de abril y 29 de abril:

a)   Cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4 de las 00:00 horas a las 23:59 horas.

b)   Cuando circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D: de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas y de 18:30 a 23:59 horas, condicionado a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.

  • Los días 17, 26 y 27 de abril para cualquier tipo de camino de las 6:00 a las 14:00 horas.
  • Del 12 al 14, 18 al 22 y 28 de abril, deberán suspender totalmente su tránsito.

La autoridad federal señaló que con esta medida durante los días de mayor afluencia vehicular en las carreteras se permitirá un mejor tránsito de los usuarios de las carreteras federales, compuesto principalmente de familias vacacionistas con destino a lugares turísticos.