La Secretaría de Comunicaciones y Transportes publicó en el Diario Oficial de la Federación la NOM-068-SCT-2-2014 que establece las especificaciones físico-mecánicas de los vehículos para garantizar su circulación con seguridad en las carreteras.

Dicha normatividad, regirá para los prestadores de servicios de autotransporte federal de pasajeros, turismo, carga, auxiliares y transporte privado, en vías generales de comunicación de jurisdicción federal dentro de los Estados Unidos Mexicanos.

Asimismo, se complementa con otras siete Normas Oficiales Mexicanas vigentes o las que las sustituyen, relacionadas: la NOM-012-SCT-2; la NOM-35-SCT-2; la NOM-040-SCT-2; la NOM-067-SCT-2/SECOFI; la NOM-008-SCFI; la NOM-011-SECRE; la NOM-100-STPS, y la NMX-D-225-IMNC-2013.

En dicha norma se establecen las condiciones óptimas del sistema o componente y los requisitos mínimos que deben tener las unidades del autotransporte para cumplir con la verificación técnica y obtener la constancia o dictamen de aprobación.

Entre los componentes están el de aceleración, controles de motor, del sistema de combustible, de escape, eje de transmisión, de enfriamiento, embrague, transmisión, apagado de motor y marcha, bandas de motor y baleros del eje trasero.

Al igual que la suspensión, ejes autodireccionables, amortiguadores, frenos hidráulicos, sistema de vacío, válvula proporcionadora, frenos de aire y neumáticos de motor, sistema de frenos antibloqueo, dirección, luces y sistema eléctrico.

También se contemplan carrocerías y cabinas, chasis, plataformas, defensas y dispositivos de protección inferior, puertas de servicios y de salida, parabrisas, ventanas laterales y posterior, espejos retrovisores, asientos y cinturones de seguridad, limpiaparabrisas, sistema de calefacción.

La NOM-068-SCT-2-2014 se pone en vigor luego de cumplir con diversos procedimientos, entre ellos que el pasado 23 de junio de 2014 la Comisión Federal de Mejora Regulatoria emitió Dictamen Final mediante oficio COFEME/14/1425, y en fecha 04 de agosto de 2014, la misma Comisión emitió oficio COFEME/14/1905, a fin de proceder a su publicación.