La Secretaría de Movilidad (Semovi) de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial capitalina el aviso que establece y modifica las reglas para el transporte de mercancías y las maniobras de carga en el Perímetro A del Centro Histórico

De acuerdo con el documento publicado, se trata de una actualización al Aviso emitido en 2008 durante la Administración de Marcelo Ebrard, en el que se dieron a conocer los horarios de circulación y maniobras para los prestadores de servicio de autotransporte de mercancías en cualquiera de sus modalidades. 

El Gobierno de la CDMX indica que este ajuste se da ante condiciones sustancialmente distintas de tránsito motorizado y no motorizado en todas sus modalidades de 2008 a la fecha. 

 

“El perímetro A del Centro Histórico es una de las zonas más congestionadas de la Ciudad de México a lo largo del día”, explica el Gobierno capitalino, “una adecuada regulación de horarios para maniobras de carga y descarga permitirá que los transportistas y comerciantes cuenten con el tiempo suficiente para realizar el abasto de mercancías en horarios de mínima afluencia vehicular, optimizando sus tiempos y posibilitando en el resto del día una mayor seguridad y movilidad del tránsito”. 

 

Añade que el establecimiento de horarios de carga y descarga acordes a las necesidades comerciales permite programar, supervisar y controlar de manera más eficiente y transparente las maniobras, además, garantizar la movilidad, el desarrollo y fortalecimiento de las actividades económicas, sociales, culturales, turísticas, de servicios, entre otras. 

La Semovi, en conjunto con la Autoridad del Centro Histórico y la Secretaría de Gobierno capitalina, definieron que la circulación de vehículos de carga menores a 3.8 toneladas con una longitud no mayor a 7.5 metros en cualquiera de sus modalidades, así como los vehículos eléctricos y no motorizados, incluídas las carretillas de mano (conocidos como diablitos) y dollys, está permitida en cualquier horario, salvo en aquellas vialidades donde expresamente quede prohibida la circulación de determinados vehículos por la existencia de señalamiento restrictivo. 

Los camiones unitarios de 3.8 a 20 toneladas y de máximo 14 metros de longitud podrán circular en horario de 21:00 a las 07:00 horas del día siguiente. Antes de este ajuste, el horario era de 22:00 a 07:00 horas. 

 

En esta actualización queda expresamente prohibido, en un horario y periodo permanente, la circulación de los camiones con remolque o semirremolque y unitarios, mayores a 20 toneladas y superiores a los 14 metros de longitud, en cualquiera de sus modalidades.

 

Quedan exentos de estas reglas vehículos mayores a 3.8 toneladas que presten servicio de traslado de valores, revolvedoras y equipo de bombeo de concreto para la construcción, así como los camiones de volteo en cualquiera de sus versiones, previa solicitud y autorización por parte de la Semovi. 

Además, los que por circunstancias especiales sean autorizados, previa solicitud y autorización por parte de la Secretaría de Movilidad y la Secretaría de Seguridad Ciudadana.