Las autoridades de San Luis Potosí condenará hasta con cinco años de prisión a quien arroje objetos «ponchallantas» en vialidades, con el fin de ocasionar un mal funcionamiento en los vehículos.

Esto luego que, el Congreso del Estado aprobara por unanimidad la reforma al Código Penal del Estado para tipificar el hecho como delito contra la seguridad vial.

La conducta de quien sin causa justificada, arroje, coloque, o deposite en una vía pública estatal o municipal, cualquier objeto como; abrojos, cuchillas, erizos, estrellas metálicas o de cualquier material, púas, picos, clavos, ponchallantas, varillas, o cualquier otro instrumento similar, con el fin de dañar u ocasionar un mal funcionamiento de los neumáticos o cualquier parte de los vehículos de motor.

En el documento expedido por la LXIII Legislatura se detalla que se considera como vía pública a las calles, veredas, terracerías, avenidas, carreteras, autopistas y libramientos.

El delito se sancionará con una pena de dos a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de 200 a 500 días el valor de la unidad de medida y actualización, más la reparación del daño.

Las penas se aumentarán en dos terceras partes, cuando esta conducta sirva como medio para la comisión de cualquier otra tipificada como delito.

O bien que afecte vehículos de cualquier institución o cuerpo de seguridad pública federal, estatal, o municipal, así como de las fuerzas armadas, y a unidades que prestan auxilio médico, vial, o de cualquier otra clase que se relacione con el servicio público.

El dictamen reforma el artículo 287 en sus fracciones, I, y II, y en la Parte Especial la denominación del Título Décimo Octavo “Delitos Contra la Seguridad de las Vías de Comunicación; Medios de Transporte; la Prestación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros; Violación de Correspondencia; y la Seguridad Vial”.

Te puede interesar: Diputados aprueban que uso de rampas de frenado no genere costos asociados

Y adiciona, en la Parte Especial en su Título Décimo Octavo el Capítulo V “Delitos Contra la Seguridad Vial”, y los artículos, 364 BIS, y 364 TER del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.

Te invitamos a escuchar el nuevo episodio de nuestro podcast Ruta TyT: