El tiempo se agotó y por fin entró en vigor la obligatoriedad del complemento Carta Porte a partir de este 1º de enero; eso sí, las multas y sanciones por errores en la expedición del CFDI se aplicarán a partir del primer día de abril.

En este contexto, las dudas sobre la implementación persisten entre las empresas de autotransporte, por lo que el Termómetro TyT de esta semana indagó –a través del Twitter @revistatyt– sobre sus preocupaciones sobre esta nueva disposición del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

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En primera posición, con el 45% de la votación se colocó el temor al abuso de autoridades y es que a pesar de este periodo de tres meses de transición, aún prevalecen dudas sobre las reglas y excepciones del complemento Carta Porte, como en los servicios transfronterizos, dedicados, así como la corresponsabilidad en la expedición.

Lo que sí aclaró el SAT es que las policías municipales y estatales no están facultados para solicitar a los operadores los CFDI con el documento. 

Por otro lado, el 34% de los participantes en el Termómetro TyT consideró que su mayor preocupación es la complejidad operativa. Y es que la expedición del CFDI con complemento Carta Porte, como está prevista, complicará los procesos de facturación e implicará un cambio importante en la digitalización de las empresas transportistas, y ello tendrá repercusiones en sus costos logísticos.

El 13% de los votantes del Termómetro TyT consideró que la seguridad de la información es su principal preocupación, pues como es exigido el complemento Carta Porte actualmente, deja expuesto información sensible de las empresas transportistas y los generadores de carga.

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Por ejemplo, si bien el valor de la carga no es un campo obligatorio para el autotransporte, se deja expuesta información precisa de la mercancía trasladada, horarios puntos de partida y destinos.

Finalmente, solo el 8% de los votantes consideró que pagar multas es su mayor preocupación con esta nueva disposición.

Cabe recordar que a partir del 1º de enero es obligatoria la expedición de facturas con complemento Carta Porte, solo que se contará con un periodo de tres meses para que su emisión con errores no sea sujeta a multas o sanciones.

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Es decir, ya deben viajar con los CFDI con complemento Carta Porte para acreditar la legal estancia o tenencia de bienes o mercancías trasladadas por vías de jurisdicción federal. 

De no cumplir, los transportistas enfrentarán sanciones y multas, incluso la presunción del delito de contrabando.

Con información de Nancy Balderas.

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