La Dirección General de Autotransporte Federal, que depende de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), informó que expedirá a permisionarios de autotransporte una autorización provisional de circulación para vehículos nuevos o sin placas. 

La autorización provisional de circulación sustituye temporalmente el proceso para obtener un alta vehicular y se implementó luego que el sector urgió que estas gestiones permanecieran activas durante la crisis sanitaria por COVID-19. 

Después de la emergencia por la pandemia de Coronavirus y cuando se reactive la operación de las dependencias federales, los permisionarios que hayan obtenido dicha autorización provisional deberán tramitar su alta vehicular.

La dependencia detalló que, para solicitar la autorización provisional de circulación, los transportistas deberán presentar: 

  1. Pre-registro firmado por el representante o apoderado legal registrado ante la SCT, sin tachaduras, el cual pueden obtener a través de la página electrónica http://www.sct.gob.mx/transporte-y-medicina-preventiva/autotransporte-federal/tramites-y-servicios/.
  2. Identificación oficial –credencial para votar, pasaporte o cedula profesional con antigüedad no mayor a tres años– del permisionario o del representante o apoderado legal registrado ante la SCT.
  3. Factura de la unidad a nombre del permisionario, con los datos que correspondan a la marca, tipo, año modelo, número de serie, número de motor y país de fabricación. Adicionalmente, la factura deberá de contener los requisitos establecidos en el quinto transitorio de la NOM-012-SCT-2-2017 sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte.
  4. Dictamen de condiciones fisco-mecánicas y de emisiones contaminantes. En el caso de unidades nuevas la carta expedida por el fabricante donde se exceptúa de este requisito por 2 años.
  5. Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por un monto equivalente a 19,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) y comprobante de pago (Factura CFD o CFDI) emitido por la compañía de seguros o fondo garantía vigente, aprobado por la SCT. En caso de unidades de pasaje, adicionalmente la póliza del seguro de viajero así como el correspondiente comprobante de pago (Factura CFD o CFDI) o fondo de garantía vigente, también aprobado por la dependencia.
  6. Escrito libre donde manifieste que el correo electrónico a través del cual está enviando su información y documentación es el autorizado a fin de que la SCT envíe al solicitante toda clase de notificaciones.

Para el caso de arrendamiento o de que un permisionario decida enajenar a otro su unidad, es necesario también contar con:

Constancia de propiedad y entrega de vehículo entre permisionarios debidamente requisitada, para el caso de que se realice una enajenación entre permisionarios. Pueden obtener un ejemplar para su llenado en la página http://www.sct.gob.mx/transporte-y-medicina-preventiva/autotransporte-federal/tramites-y-servicios/Medidas-aplicadas-COVID-19/.

Todos los requisitos para obtener la autorización provisional para circular deben enviarse al correo elizabeth.barba@sct.gob.mx en formato PDF y en un único archivo no mayor a 4Mb, en el orden antes descrito. La información debe ser claramente legible. 

La dependencia subrayó que sólo se deberá enviar una solicitud de autorización provisional de circulación por correo y únicamente se recibirán de lunes a viernes en un horario de 9 a 15 horas.

Con el propósito de que la autoridad realice una revisión rápida y precisa, es necesario tener mucho cuidado en los documentos que se envían, que cumplan con el formato que se solicita y el volumen de capacidad de la misma, ya que de lo contrario se les podrá negar el trámite”.

Dirección General de Autotransporte Federal

¿Y después de solicitar la autorización?

Los permisionarios podrán consultar la relación de autorizaciones provisionales especiales otorgadas por la DGAF en la dirección  http://www.sct.gob.mx/fileadmin/DireccionesGrales/DGAF/COVID19/AutoProvEsp_24_de_abril_de_2020.pdf. Hasta el 24 de abril, la autoridad federal había expedido 104 permisos temporales. 

Los transportistas deberán portar el documento obtenido para ser mostrado por las autoridades que así lo requieran.

Como medida de seguridad implementada, la autorización especial cuenta con un código QR que contiene los datos específicos de cada unidad.

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