El Congreso local aprobó la Ley de Movilidad del Estado de Guanajuato y sus Municipios, que busca garantizar las condiciones y derechos para el libre desplazamiento de las personas por el territorio, especialmente por los centros de población y las vías públicas, de manera segura, igualitaria, sustentable y eficiente.

La iniciativa y las observaciones realizadas a ésta fueron puestas a consulta pública en el portal del Congreso del Estado. El grupo de trabajo analizó las aportaciones de los ciudadanos, instituciones y especialistas en una mesa de trabajo permanente que culminó con la aprobación del dictamen propuesto por la Comisión de Seguridad Pública y Comunicaciones.

Contando con oradores a favor del dictamen de cada grupo parlamentario, representados por las diputadas Beatriz Manrique Guevara y Luz Elena Govea López, así como los diputados Juan Carlos Muñoz Márquez e Isidoro Bazaldúa Lugo, y la incorporación de cuatro propuestas de reserva, formuladas por los propios Manrique Guevara, Bazaldúa Lugo, y los legisladores Éctor Jaime Ramírez Barba y Lorenzo Chávez Salazar se aprobó el ordenamiento.

La Ley tiene por finalidad:

1.- Planear, organizar, administrar y controlar la infraestructura para las personas con discapacidad o movilidad reducida, peatones, movilidad no motorizada y transporte público y especial, infraestructura vial, infraestructura carretera y el equipamiento vial;

2.- Establecer el sistema estatal de ciclovías y de estacionamiento de bicicletas;

3.- Garantizar la participación ciudadana en las políticas públicas estatales y municipales relativas a la movilidad;

4.- Planear, regular, ordenar, administrar, supervisar e inspeccionar el servicio público y especial de transporte;

5.- Definir la competencia y atribuciones de las autoridades en materia de movilidad y transporte;

6.- Regular los requisitos para el tránsito en las carreteras, caminos y áreas de jurisdicción estatal; y

7.- Establecer las acciones coordinadas que deberán observar los municipios y el Estado conforme a lo dispuesto en la presente Ley.

Esta ley se toma la persona como eje central de la movilidad, se emplea un lenguaje incluyente, agrega como base de la movilidad la perspectiva de género contemplando acciones en esta materia, a la par de establecer los programas de movilidad estatal municipal, así como los recursos destinados a la movilidad.

Además contempla los temas del medio ambiente y el uso adecuado de la tecnología, la participación ciudadana en el tema de la movilidad, las tarifas preferenciales, los estacionamientos para bicicletas gratuitos en terminales y bases de transporte, lo relativo a la circulación en carriles exclusivos, y regula el sistema estatal de ciclovías.