Esta mañana, la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos publicó un aviso para prorrogar por un plazo de seis meses, contados a partir del 1 de julio de 2016, la vigencia de la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-ASEA-2015, Diseño, construcción, mantenimiento y operación de estaciones de servicio de fin específico y de estaciones asociadas a la actividad de Expendio en su modalidad de Estación de Servicio para Autoconsumo, para diesel y gasolina.

El aviso fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y detalla que esta extensión se da en virtud de que actualmente subsisten las circunstancias que dieron origen a su publicación, que en un principio tendría una vigencia del 1 al 30 de junio de 2016.

Y es que el pasado 3 de diciembre, con el propósito de garantizar la Seguridad Industrial, la Seguridad Operativa y la protección al medio ambiente de la capacidad actual de las estaciones de servicio, y responder debidamente al incremento de capacidades instaladas y oferta de dichos petrolíferos que generarán las futuras estaciones de servicio, la Agencia publicó esta Norma en el DOF

“En tanto no se cuente con una NOM definitiva en la materia, la Agencia considera necesario prorrogar la vigencia de la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-ASEA-2015, toda vez que subsisten las razones que motivaron su publicación”, señala el documento.