Este 20 de junio, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) publicó la NOM-015, sobre la condiciones de seguridad en la estiba y sujeción de la carga que deben cumplir los vehículos de autotransporte; por ello, el Termómetro TyT de esta semana indagó sobre los beneficios de esta normativa para la seguridad vial y las empresas de autotransporte.

El 43.9% de los participantes –a través del Twitter @revistaTyT– consideró que el principal aporte es que precisa la responsabilidad de usuarios, transportistas y operadores en el proceso de sujeción. 

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Entre éstas destaca que los usuarios son responsables de estibar, empacar y sujetar la carga de tal manera que ésta se mantenga sin movimiento durante su traslado, asegurar que no exceda las dimensiones permitidas y emitir una constancia de cumplimiento de sujeción de la carga.

Por su parte, el transportista deberá hacer del conocimiento al usuario sobre la capacidad de su vehículo, contar con una unidad equipada para sujetar la carga y emplear conductores capacitados sobre este tema. 

En tanto, el operador es responsable de revisar el vehículo antes de iniciar el viaje para asegurarse que la carga no interfiere con la conducción segura, verificar periódicamente la tensión de los elementos de sujeción y de reapretarlos en caso de ser necesario durante el traslado.

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El Termómetro TyT también reveló que el 38.7% de los votantes consideró que el aporte e importante de la NOM-015 son las especificaciones técnicas, toda vez que precisa que el sistema de sujeción de la carga deberá soportar las fuerzas que resulten de someter al vehículo, por separado, a cada uno de los niveles de aceleración y desaceleración presentados presentados a continuación: 

Lo anterior sin que se excedan las cargas límite de trabajo de todos los sistemas de sujeción de la carga, incluyendo aquellas partes de la estructura del vehículo que sean sometidas a estas fuerzas de sujeción. 

Por su parte, el 17.4% consideró que la constancia de sujeción es el aporte más importante. Y es que el usuario deberá emitir este documento cuando éste realiza la sujeción de la carga, en el que hace constar que dicho proceso se ha realizado de acuerdo con la propia NOM-015, e indicará además el número de placa del vehículo sobre el cual sujetó la carga. La constancia incluirá además, la fecha, nombre y firma de la persona responsable del proceso. 

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La NOM-015 entrará en vigor a los 60 días naturales siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y con ésta, México dejaría de ser el único país de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en no tener una reglamentación sobre el tema.

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