El Senado de la República aprobó, en lo general y en lo particular, las reformas a la Ley Reglamentaria del Sistema Ferroviario, a fin de reducir de 50 a 30 años las concesiones para construir, operar y explotar vías férreas; modificaciones que la Asociación Mexicana de Ferrocarriles (AMF) catalogó como una violación a la Constitución.

El dictamen aprobado precisa que las concesiones se otorgarán hasta por un plazo de 30 años, y podrán ser prorrogadas, en una o varias ocasiones, hasta por un tiempo que en total no exceda de 30 años.

También establece que los concesionarios y permisionarios estarán impedidos a negar el servicio público de transporte ferroviario de carga a cualquier usuario que se los solicite, y le otorga a la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF) mayores herramientas en materia de vigilancia y competencia.

Sobre el tema, la AMF acusó que esta modificación daña la certeza jurídica, afecta severamente las inversiones realizadas en el sector e inhibe nuevas, provocando un fuerte impacto negativo para la modernización de esta industria.

La reforma a la Ley Reglamentaria del Sistema Ferroviario también dispone que la ARTF será el encargada de publicar trimestralmente la información estadística sobre el cumplimiento con los niveles de servicio, eficiencia operativa, administrativa y de atención a que los concesionarios están obligados. Este aspecto, señaló la asociación encabezada por Óscar del Cueto, otorga atribuciones a la ARTF como juez, invadiendo las atribuciones de otros órganos en materia de competencia económica.

Entre otros puntos, la reforma aprobada en el Senado también actualiza las infracciones que serán sancionadas por la Agencia. Se estableció que los concesionarios y permisionarios cada dos años registrarán ante la Agencia las tarifas máximas aplicables a la prestación del servicio público de transporte ferroviario.

Este control de precios, acusa la AMF, cancela arbitrariamente la libertad para fijar tarifas, limitando su registro a cada dos años y previa “opinión de conveniencia de la ARTF.

En cuanto al incremento de las infracciones, que llegarían a una multa de 112,000 a 224,0000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quienes presten el servicio público, sin la concesión respectiva; se consideraron como inconstitucionales, excesivas, discrecionales y desproporcionadas respecto a la conducta sancionada.

Mientras el dictamen fue remitido por el Senado a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales, la AMF manifestó su disposición para presentar información y argumentos objetivos sobre los preceptos modificados para mantener un diálogo amplio con legisladores.

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