La Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes (SICT) publicó la Norma Oficial Mexicana (NOM) relativa a sistemas ferroviario de operación- equipo de arrastre ferroviario al servicio de carga-Disposiciones de seguridad.

En la norma, NOM-006-ARTF-2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación, se establecen las disposiciones y parámetros de seguridad operativa para los sistemas, componentes y dispositivos del Equipo Ferroviario de Arrastre que opera en el Sistema Ferroviario Mexicano. 

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La NOM entrará en vigor a los 180 días naturales contados a partir de mañana 15 de marzo, de acuerdo con la SICT.

Esta Norma Oficial Mexicana incluye las disposiciones para los elementos de cierre y apertura, sistema de aparejo de tiro, truck y sus partes, aditamentos de seguridad para carros de carga, el estencilado de los carros y el expediente de descripción del mantenimiento.

El objetivo de la norma es establecer los parámetros de seguridad que debe de cumplir el Equipo Ferroviario de Arrastre, con el propósito de garantizar y preservar la seguridad operativa en el servicio de carga ferroviaria.

Vigilancia

Esta nueva regulación es de aplicación para las empresas ferroviarias, concesionarias, permisionarias y asignatarias del servicio público de transporte ferroviario y de los servicios auxiliares, así como cualquier otra empresa particular, u organismo estatal o municipal autorizado para operar el Equipo Ferroviario de Arrastre.

La verificación y vigilancia del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Norma Oficial Mexicana está a cargo de la Agencia Reguladora de Transporte Ferroviario (ARTF).

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El incumplimiento a las disposiciones contenidas en Norma Oficial Mexicana NOM-006-ARTF-2023 será sancionado por la Agencia conforme a lo establecido en la Ley de Infraestructura de la Calidad

Cabe mencionar que con la entrada en vigor de esta Norma Oficial Mexicana se abroga la Norma Oficial Mexicana NOM-025-SCT2-2016, Disposiciones de seguridad para el equipo de arrastre ferroviario al servicio de carga.

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