Buscar opciones que hagan cada vez más productivas a las empresas del transporte se ha convertido en uno de los principales retos de quienes las administran. Entre las alternativas que se han posicionado en los últimos años, figurando como una de las más viables y atractivas, está el leasing o arrendamiento en cualquiera de sus modalidades, pero ¿qué es y qué beneficios ofrece?

Comenzaremos por definir lo que es el arrendamiento puro o leasing (alquiler con derecho de compra). Se trata de un contrato mediante el cual, el arrendador traspasa el derecho a usar un bien a cambio del pago de rentas durante un plazo determinado al término del cual el arrendatario tiene la opción de comprar el bien arrendado pagando un precio determinado, devolverlo o renovar el contrato.

Este esquema crediticio se ha vuelto uno de los más buscados por personas físicas con actividad empresarial y/o profesional, al igual que por las empresas, ya sean PYMES o grandes corporativos. ¿Por qué? Porque permite reducir su carga fiscal.

¿Qué ventajas ofrece el arrendamiento puro?

Los expertos clasifican las ventajas de este esquema en tres rubros: fiscales, financieras y administrativas.

Fiscales: rentas 100% deducibles, deducibilidad inmediata, operación fuera de balance

Financieras: se puede financiar 100% de la inversión incluyendo accesorios como cajas secas, refrigeradas, etcétera.; flexibilidad en plazos; se adecua a la capacidad financiera del cliente.

Administrativas: registro contable simple (rentas directo al rubro gastos), renovación tecnológica, cada 3 o 4 años puede cambiar sus flotillas, disminución de los gastos de mantenimiento que provocan los vehículos obsoletos.

¿Qué es el arrendamiento financiero?

Otra de las alternativas que se ofrecen para el transportista es el arrendamiento financiero, el cual consiste en un contrato en el que el arrendador otorga el derecho de usar determinados bienes muebles y/o inmuebles al arrendatario, a cambio de una renta, por un periodo forzoso establecido para financiamiento a mediano y largo plazo, que facilita que el arrendatario adquiera o renueve sus activos, y el pago de las rentas cubre el valor de adquisición, las cargas financieras y demás accesorios para que al final del plazo compre dicho activo a un precio simbólico (1% valor factura), siempre y cuando cumpla con los términos y condiciones del contrato.

Entre los beneficios que otorga este esquema destacan:

·       El arrendatario no utiliza capital propio para la adquisición de bienes o activos

·       El arrendatario es propietario legal y el transportista propietario fiscal, por ello se puede registrar en su balance el activo fijo bajo las leyes del ISR e IVA

  • El arrendatario tiene los beneficios fiscales y contables del activo como la depreciación en función del tipo de activo: inmuebles 5%, transporte 25%, maquinaria y equipo 20%, equipo de computo 30%
  • El arrendatario deduce el 100% de los intereses pagados como gasto financiero
  • El IVA total del activo se paga durante todo el plazo del arrendamiento conforme se devengan las rentas
  • El arrendatario puede deducir los gastos referentes a los activos arrendados (mantenimiento, refacciones, servicios, gasolina, seguros, etc.) En el caso de vehículos hasta 4,950 pesos mensuales.

De acuerdo con información de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes SCT, así se desempeñó el arrendamiento del Autotransporte de Carga en el 2014.

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