El gobierno mexicano exentó de otorgar la garantía en la cuenta aduanera a las mercancías que sean trasladadas a través del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, bajo el régimen de tránsito internacional.
Esta medida entrara en vigor a partir de mañana, de acuerdo lo establecido en un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Es una medida que aplicará para las mercancías al tránsito internacional de mercancías que se efectúe desde las aduanas ubicadas en los Puertos de Coatzacoalcos, Veracruz y de Salina Cruz, Oaxaca.
Según lo establecido en el decreto, esta medida aplicará siempre y cuando el tránsito internacional se efectúe conforme a lo establecido por el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general y su salida por la aduana del puerto de destino sea en las mismas condiciones en que hubieren ingresado al territorio nacional.
Es decir, durante su traslado, no podrán almacenarse con fines comerciales, comercializarse, distribuirse, transformarse, manufacturarse, desconsolidarse, fraccionarse, cambiar de destino ni someterse a cualquier otra operación que implique su incorporación al mercado nacional, y se trate de un tránsito continuo.
Tarifas
Asimismo, el Decreto establece que usuarios que opten por el tránsito internacional de mercancías cubrirán las tarifas, cuotas, contraprestaciones y demás cargos aplicables por el uso de la infraestructura, instalaciones y servicios del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.
Además se señala que la Secretaría de Marina y demás autoridades competentes, garantizarán la trazabilidad, supervisión y continuidad del tránsito internacional de mercancías con los mecanismos operativos, tecnológicos y de control necesarios.
Te invitamos a escuchar el nuevo episodio de nuestro podcast Ruta TyT:













