Ante el periodo vacacional y para facilitar a los vacacionistas el tránsito por la red carretera del país, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) anunció restricciones a la circulación del transporte federal y privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales.

A través de un comunicado, la dependencia federal señaló que la medida entró en vigor desde el 18 de marzo y concluirá el 4 de abril, con el objetivo de beneficiar al rápido y seguro desplazamiento de vehículos automotores que circulan por caminos y puentes federales.

“Las restricciones de circulación al transporte de carga durante los días de mayor afluencia vehicular permitirá un mejor flujo de los usuarios de las carreteras federales, compuesto principalmente de familias que viajan a los diversos destinos turísticos del país”, indica el documento.

Y agrega que las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso especial de la SCT, podrán transitar en el periodo antes señalado.

Esto de acuerdo con el siguiente calendario:

– El 22 de marzo, así como del 28 de marzo al 1 de abril de 2016, de conformidad con lo que señalan los numerales 5.5.2 y 5.5.52 de la NOM-040-SCT-2-2012:

a) Cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4, C o D: de las 00:00 horas a las 23:59 horas.

b) Cuando circulen por caminos tipo ET2, A2, B2, C o D: de 06:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas; y de 18:30 a 23:59 horas condicionado a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.

– El 23 de marzo y el 2 de abril de 2016, para cualquier tipo de camino, de las 06:00 a las 14:00 horas, de conformidad con lo señalado en los numerales 5.5.1.1 y 5.5.2.1 de la NOM-040-SCT-2-2012.

– Los días 18 al 21 y del 24 al 27 de marzo, así como el 3 y 4 de abril de 2016, deberán suspender totalmente su tránsito.