La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó los horarios de operación para permisionarios del servicio de autotransporte federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales (sobredimensionados) que transiten por caminos y puentes de jurisdicción federal, durante el periodo de Semana Santa.

A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), Salomón Elnecavé, director general del Autotransporte Federal, explicó que los horarios especiales para sobredimensionados serán de las 00:00 horas del 3 de abril de 2020, a las 23:59 horas del 20 de abril de 2020.

Aunque la SCT menciona que estas restricciones son por el periodo vacacional y justifica el tránsito de turistas, es importante recordar que el país entero está por entrar en la Fase 3 de la pandemia global por el coronavirus COVID-19, de tal manera que considerar el turismo tradicional de la época tal vez no sea indispensable, pues la recomendación de las autoridades es quedarse en casa.

Las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, es decir, sobredimensionados, que cuenten con el permiso especial de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, podrán transitar en el período antes señalado de esta forma.

I)     Los días 6 y 7 de abril así como del 14 al 16 y 20 de abril de 2020 de conformidad con lo que señalan los numerales 5.5.1 y 5.5.2 de la NOM-040-SCT-2-2012, esto es:

a)    Cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4 de las 00:00 horas a las 23:59 horas.

b)    Cuando circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas y de 18:30 a 23:59 horas condicionado a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.

II)     Los días 8, 17 y 18 de abril de 2020 para cualquier tipo de camino de las 6:00 a las 14:00 horas de conformidad con lo señalado en los numerales 5.5.1.1 y 5.5.2.1 de la NOM-040-SCT-2-2012.

III)    Los días 3 al 5 de abril, así como del 9 al 13 de abril y 19 de abril de 2020, deberán suspender totalmente su tránsito.

Este Aviso entrará en vigor a partir del 3 de abril de 2020.

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