Este martes, la Presidencia de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución, lo que da paso a la creación de la Guardia Nacional.

El documento destaca que la iniciativa fue aprobada por la totalidad de los Congresos estatales, y que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Asimismo, define a la Guardia Nacional como una institución policial de carácter civil que se constituirá con los elementos de la Policía Federal, la Policía Militar y la Policía Naval. Además, estará adscrita a la Secretaría de Seguridad Pública, que formulará la Estrategia Nacional en materia, los respectivos programas, políticas y acciones.

El documento también señala que el Congreso de la Unión, dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor de este Decreto, expedirá la Ley de la Guardia Nacional y hará las adecuaciones legales conducentes.  En tanto se expide la ley respectiva, la Guardia Nacional asumirá los objetivos, atribuciones y obligaciones previstas en los artículos 2 y 8 de la Ley de la Policía Federal, con la gradualidad que se requiera para asegurar la continuidad de operaciones y la transferencia de recursos humanos, materiales y financieros que correspondan.

De igual forma, el Ejecutivo Federal dispondrá lo necesario para la incorporación de los elementos de las policías Militar y Naval a la Guardia Nacional y designará al titular del órgano de mando superior y a los integrantes de la instancia de coordinación operativa interinstitucional formada por representantes de las secretarías del ramo de seguridad, de la Defensa Nacional y de Marina.

La publicación en el DOF también informa que durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor del decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.