Las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes, y de Estudios Legislativos, del Senado de la República aprobaron un dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Sistema Ferroviario, en el que se propone limitar las concesiones regionales a servicios ferroviarios de 50 a 30 años.

Los senadores expresaron su intención de actualizar el marco legal vigente, a fin de establecer las bases para realizar una regulación tarifaria y fijar precios de servicios ferroviarios cuando no existan condiciones de competencia efectiva.

De acuerdo con la iniciativa, las reformas permitirán verificar que las tarifas de transporte de carga ferroviario se reflejen en condiciones de calidad, eficiencia, competitividad, seguridad, permanencia, uniformidad y equidad.

En la reunión extraordinaria, realizada a distancia, los legisladores señalaron que el esquema actual de concesiones generó barreras de entrada y falta de competencia en el sector, pues solo unas cuantas empresas tienen un poder de mercado suficiente para hacer valer su peso frente a los competidores.

Lo que originó que las concesiones para construir, operar y explotar vías férreas se otorgarán hasta por un plazo excesivamente amplio de 50 años.

Por ello, el proyecto modifica el artículo 11 de la Ley para establecer que las concesiones tengan una vigencia de 30 años, con posibilidad de prorrogarse en cuanto las empresas otorguen mejores resultados en un plazo más corto de tiempo y promuevan servicios de calidad.

De hecho, la iniciativa menciona que en México actualmente el 95% de la industria ferroviaria descansa en un consorcio y una empresa, lo que -en otros sectores económicos, diferentes a los relacionados a concesiones- implicaría la existencia de duopolios en el mercado nacional.

En el dictamen, los legisladores destacaron que los concesionarios y permisionarios estarán impedidos a negar servicios ferroviarios de carga a cualquier usuario que se los solicite y no deberán realizar actos que resulten discriminatorios en contra de algún usuario o concesionario.

Avalaron, también que cuando se preste dicho servicio sin la concesión respectiva, se multe con el equivalente del 5 al 10% de los ingresos del concesionario, asignatario o permisionario.

El dictamen se aprobó con ocho votos a favor y seis en contra en la Comisión de Comunicaciones y Transportes; y con ocho votos a favor, cuatro en contra y una abstención en la Comisión Estudios Legislativos, Segunda. Las reservas a  la propuesta se presentarán cuando el dictamen se discuta ante el Pleno del Senado.

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