La Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) autorizó la Directriz de Emergencia con la que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) busca controlar las tarifas máximas del servicio ferroviario. 

En su dictamen este organismo reconoce que el carácter de emergencia toda vez que  el objetivo de esta regulación es evitar un daño inminente a la economía de la población, pues de acuerdo con la SICT se ha incrementado considerablemente el costo para trasladar mercancías a través de las concesionarias ferroviarias. 

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“Este escenario motiva al Estado Mexicano a adoptar medidas inmediatas para contener y controlar las repercusiones que genera un alza en los precios de diversos bienes y servicios”, comparte la CONAMER en su dictamen.

Asimismo, señala que esta propuesta responde a una problemática “fortuita e inesperada” que se entiende como una emergencia, por lo que la medida tendría una vigencia de seis meses a partir de su publicación. 

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La Comisión respalda el argumento de la SICT referente a la inflación, al señalar que: “nos damos cuenta que la cantidad de dinero que veníamos administrando tiempo atrás, ya no nos alcanza para comprar lo mismo que antes y esto nos afecta a todos”. 

En este sentido, agrega que la propuesta puede constituir una estrategia eficaz y oportuna para el control de precios. 

La CONAMER resolvió que la SICT puede continuar con el proceso para la publicación de esta “Directriz de Emergencia para el Bienestar de los Usuarios del Servicio Público de Transporte Ferroviario de Carga” en el Diario Oficial de la Federación (DOF). 

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Cabe mencionar que este dictamen fue emitido el 26 de abril –aunque publicado recientemente en su plataforma–, se trata de un día después de que la Secretaría a cargo de Jorge Arganis Díaz Leal presentara la propuesta ante la CONAMER, por lo que ésta no reconoce los comentarios emitidos en la consulta pública por la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), donde se señala que la medida podría podría distorsionar servicio ferroviario, ni de la Asociación Mexicana de Ferrocarriles (AMF) que la considera violatoria por diversas razones de la Constitución, así como de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y de su Reglamento. 

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